Page 122 - Reglamento del Congreso 2012
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a) Las Comisiones de Investigación se constituirán por
solicitud presentada mediante Moción de Orden. del
Día. Para su admisión a debate y aprobación sólo se
requiere el voto aprobatorio del, treinta y cinco por
ciento (35%) de los miembros del Congreso. Integrarán.
la Comisión entre tres y siete Congresistas, propuestos
por el Presidente del Congreso, respetando hasta donde
sea posible el pluralismo y proporcionalidad de los
Grupos Parlamentarios. A fin de garantizar el debido
proceso, se evitará que la integren quienes hayan
solicitado su constitución.
(Párrafo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 002-2C109-CR,
publicada el 29 de agosto de 2009)
La Comisión presenta un informe dentro del plazo
que fije el Pleno del Congreso. No puede solicitarse
prórroga sin que se presente un informe preliminar.
El Consejo Directivo pone este informe en la agenda
de la sesión en que se debata la prórroga, que debe
ser la siguiente o subsiguiente a la preséntación de
la solicitud de dicha prórroga.
Las sesiones de las Comisiones Investigadoras son
reservadas. El levantamiento de la reserva sólo
irocede:
- Cuando la materia de su indagación o sus
deliberaciones no incluyan aspeétos queafectan
a la intimidad, honra o dignidad personal de
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