Page 122 - Reglamento del Congreso 2012
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a) Las Comisiones de Investigación se constituirán por

                         solicitud presentada mediante Moción de Orden. del

                         Día. Para su admisión a debate y aprobación sólo se
                         requiere el voto aprobatorio del, treinta y cinco por

                         ciento (35%) de los miembros del Congreso. Integrarán.

                         la Comisión entre tres y siete Congresistas, propuestos

                         por el Presidente del Congreso, respetando hasta donde

                         sea posible el pluralismo y proporcionalidad de los

                         Grupos Parlamentarios. A fin de garantizar el debido

                         proceso, se evitará que la integren quienes hayan
                         solicitado su constitución.

                         (Párrafo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 002-2C109-CR,

                         publicada el 29 de agosto de 2009)



                         La Comisión presenta un informe dentro del plazo

                         que fije el Pleno del Congreso. No puede solicitarse

                         prórroga sin que se presente un informe preliminar.

                         El Consejo Directivo pone este informe en la agenda

                         de la sesión en que se debata la prórroga, que debe

                         ser la siguiente o subsiguiente a la preséntación de

                         la solicitud de dicha prórroga.



                         Las sesiones de las Comisiones Investigadoras son

                         reservadas. El levantamiento de la reserva sólo

                         irocede:




                         - Cuando la materia de su indagación o sus

                               deliberaciones no incluyan aspeétos queafectan

                               a la intimidad, honra o dignidad personal de




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