Page 53 - Constitución Política del Perú
P. 53
eco• ·constítución Polftica del Pení 1993
galmente obtenidos, en particular el correspondiente a los regímenes de los de-
cretos leyes 19990 y 20530 y sus modificatorias. ·
Segunda. El Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periódico de las
pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que
éste destine para tales efectos, y a las posibilidades de la economía nacional.
Tercera. En tanto subsistan reg1menes diferenciados de trabajo entre la actividad
privada y la pública en ningún caso y por ningún concepto pueden acumularse
1
servicios prestados bajo ambos regímenes. Es nulo todo acto o resolución en
contrario .
.Q.u.ru:ta. Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución
reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Dere-
chos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas
materias ratificados por el Perú.
ilu.inta.. Las elecciones municipales se alternan con las generales de modo que
aquéllas se realizan a mitad del período presidencial, conforme a ley. Para el efec-
to, el mandato de los alcaldes y regidores que sean elegidos en las dos próximas
elecciones municipales durará tres y cuatro años respectivamente .
.sma. Los alcaldes y regidores elegidos en el proceso electoral de 1993 y sus
elecciones complementarias concluyen su mandato el 31 de diciembre de 1995.
filtima. El primer proceso de elecciones generales que se realice a partir de la vi-
gencia de la presente Constitución, en tanto se desarrolla el proceso de descen-
tralización, se efectúa por distrito único.
Octava. Las disposiciones de la Constitución que lo requieran son materia de le-
yes de desarrollo constitucional.
Tienen prioridad:
1. Las normas de descentralización y, entre ellas, las que permitan tener nue-
vas autoridades elegidas a más tardar en 1995. Y
2. Las relativas a los mecanismos y al proceso para eliminar progresivamente
los monopolios legales otorgados en las concesiones y licencias de servi-
cios públicos.
Novena. La renovación de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, ins·
talado conforme a esta Constitución, se inicia con los elegidos por el Colegio de
Abogados de Lima y por las Facultades de Derecho de las universidades públicas.
Décima. La ley establece el modo como las oficinas, los funcionarios y servido-
res del Registro Civil de los gobiernos locales y los del Registro Electoral se inte-
gran al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Undécima. Las disposiciones de la Constitución que exijan nuevos o mayores
gastos públicos se apjican progresivamente.
uodécjma . La organización política departamental de la República comprende
los departamentos siguientes: Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacu·
cho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, lea, Junín, La Libertad, Lamba-
- 52 -