Page 10 - Constitución para la República Peruana
P. 10
1t)
28. , t'lula cám.arlt r,.e coru¡,o 1drú. dt veiiilicmuro » iembros
en lo» primeros veinte ..ru10H,
29. E l <lia 2!) dt?l mt, t' e seticmbc~ de ~ad:i .,no , reu•
nirá , por sí mismo , el Cuerpo lcjillln.tivo sui ei:;perar couvoc~ ·100
:JO. Las atril.mciO\'\PS patLiculares de c~da Cáman1. J\(' de-
tallarán en su lugar Son gf''lerales-
1. Nombrnr ·EJ. Pre&1,leul~ <' República por la primera vez,
y coufirm.ar a. los suc .:/"ort • ·
% Aprc,bar al Vice-prf:~icl, te • á propuesto de! Presid~ 1
3. ElegJr l lngnr 1!n ~ue ele u&. residir e) G11hirr110; y tntI;latla1 e
a. otró, cnarn.kl lo exijan gra, C'S círc11m,l~ncU\::i , J fo rei, P.l
1·nn los dD~ lc.ccios d<' los miembros que , ompouou .las tres
{ maras.
4. =n<'etdjr ~ en J mcio wuio,u1T. ha lugar o n,., . a In fo1mncior
de causa. i !4:lij u,1iemlltos d, las ~ h ·as , al v ice-pt·eMJenh ...
y á, las AQCret::\rios de F 'lUO.
5. Investir , en ti,. anpo de gucrr ó dft peliiro r.,;trn.ordinario i al
, PresitleaJo de la RepnhHc•a C()n lns facnha'1es r1ue ise J UZ
guen in<lispoo!s, ul~s p&r.t )íA. ~a.1 'Acior. dP.{ E~tacJo. •
o. Elt>gir, entre los candidalos que prr.scnten <'D tema los Cuer
os Elecwral.el'l, ln! nucrol.>ros cp1e dehan Henar la~ vacair ..
tes en cada cam" ~"
~ Ordenar su policía mlcrior por reglnmemos; y . casl1gar (>. s
miembros por la iufraccfou de ellos •
.31. Los miembros del Ouorro Lt']isfoth·o podrán ser nom-
brados Vi<::e-_pre:sid,Jnte .1~ la.Repúblicft, 6 Secretarios de Esta-
.do , uejando de ¡;uleoocer á su cárua~ a.
32. Ningun 41dividuo del Cuerpo Lt!psfa.livo pon á cr pre-
so durante SU d1rutacion, sirio e.or ór<lcu de c..11 1'0"peC1l a C:i•
mara; á me11os 1Q~ sen so.rprendido i1i /ragauli en delato <1oe
-met'ezca pf'na ea¡utal.
33. Los miembros del Cu~o lc.'lJ1~latn o sdt·án 1m•iolal>fos
~r las opiniones que emitan d.<>ntro de sus cámaras en eJ cj<'r-
cicio de sus f uuciones. •
34. Cada lejisJatura durará cuatro anos~ y eaaa sesion
anual dos meses. Estas se abri11ul y cerrarán, á un tiempo, pot
~as .tres cámaras. .
J j. , La ape..rtura de las sesiones se bar(t ~nualmente cun
ai::istencia del Prai<lente de la República, del Vicc-p\'csidenie
y de los Secretarios de Estado.: .
36. Las sesiones serán páblicas, y solamente ]os negocios
~e ,Estado que exijan reserva se tratarán eo secreto. ·
... .. 37. 'Los neg_oC1os, en cada -cámara, se resol,, eráo por la
mayoría absoluta de .vótos de los miambros presenfes.
38. Los empleados · que sea,\ nombrados tlip-utados para
ti~ ;~uerpo Leji-slativo, sel'án sosti!oi~o~ interinamente en c::l ejer-
c1c10 de sus f>mµ1coi; por -ótros mdn•1duos. •.
39. Sor rcslricciones del Cuerpo Lejislatm:i- , '-
J. No se po, ra cdebrar sesion en ningmm de las cámaras, sin
que cstrn pr<·sente6 1a mitad, y uno mas, de lo~ t<'SP('C·
tivos indivuluos que Jas componen j y tleb.erá compelerse á
los au.s ~ es para que concurran 1. Uene.r S1ilS deberes.