Page 28 - Revista Institucional del Congreso de la República, 4ta Edición
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Organización del
Servicio Parlamentario
Oficialía Mayor
La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso.
Está a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor del Congreso, quien
responde ante el Presidente por la marcha y resultados de las dependencias y
personal del Servicio Parlamentario.
Le corresponde con este fin la dirección, supervisión y control, directos o por
delegación, de todas las actividades del Servicio Parlamentario dedicadas
a preparar, asistir, apoyar y facilitar las tareas orgánicas y funcionales de los
congresistas.
El Oficial Mayor tiene la representación legal de la administración, es jefe de
todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria.
Por delegación del presidente y con cargo a dar cuenta puede celebrar los
contratos necesarios para garantizar el normal funcionamiento del Congreso y
del Servicio Parlamentario.
Es nombrado y su nombramiento revocado por acuerdo del Consejo Directivo.
Sus atribuciones y responsabilidades así como las que les corresponden a los
órganos y personal del Servicio Parlamentario se establecen en el Estatuto del
Servicio Parlamentario.
Cesa en el cargo por dimisión, pérdida de su condición de funcionario, retiro o
jubilación, imposibilidad para el desempeño del cargo, cese o revocatoria de su
designación.
En caso de ausencia o impedimento temporal, es reemplazado por el director
general parlamentario (art. 40 RCR).
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