Page 33 - Revista Institucional del Congreso de la República, 4ta Edición
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Procedimientos del


                     Control Político

                            •      Investidura del Consejo de Ministros

                            •      Interpelación de los miembros del Consejo de Ministros
                            •      Invitación a los miembros del Consejo de Ministros para
                                   informar
                            •      Estación de preguntas y respuestas

                            •      Moción de censura y cuestión de confianza
                            •      Solicitud de información a los ministros y la administración
                            •      Control que regula el cumplimiento de la Ley de Transparencia

                                   y Acceso a la Información Pública
                            •      El Procedimiento de Investigación
                            •      Procedimiento de acusación constitucional
                            •      Procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia
                                   de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del

                                   artículo 113° de la Constitución
                            •      Procedimiento de control sobre la legislación delegada
                            •      Procedimiento de control sobre los decretos de urgencia

                            •      Procedimiento de control sobre los tratados ejecutivos


                                                                (Cap. VI, Sección II del RCR)


                     Procedimientos Especiales


                     El Congreso, a través de la Comisión Permanente, designa y remueve al Contralor

                     General  de  la  República  y  ratifica  la  designación  del  Presidente  del  Banco
                     Central de Reserva, a quien puede remover, y del Superintendente de Banca,
                     Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y con aprobación

                     del Pleno elige al Defensor del Pueblo, observando las condiciones señaladas
                     en la Constitución Política y las leyes orgánicas de las respectivas instituciones
                     públicas, así como el procedimiento determinado en los reglamentos especiales
                     que apruebe el Congreso. En todos los casos, se expedirá resolución legislativa.


                                                                (Cap. VI, Sección III del RCR)





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