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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
De estas ha dotado su Magestad doce, a razón de ciento noventa y cin-
co pesos, dos reales por año cada una que suman la cantidad de dos mil tres-
cientos quarenta y tres pesos seis reales a fojas veinte y una. Quaderno primero,
de las quales ocho son para Legistas o Canonistas, y quatro para Teologos.
Quarderno segundo, fojas treinta y siete vuelta. Tiene también otras
dos becas dotadas por Don José López de Marton su fundador a razón de
doscientos pesos por año cada una para los hijos naturales de la Villa de Pisco,
para que en el término de tres años estudiasen Gramática en el colegio de San
Martín, refundido en este por la junta de aplicaciones confiriendo el patronato
y elección de dichas becas a una sobrina suya y sus herederos=.
Hay otras tres becas mas de fundación de particulares, bien que no se
sabe quienes sean, por lo que contesta el Rector a foja quarenta y quatro, qua-
derno segundo, cuya dotación se halla situada en la cantidad de noventa pesos
en la Panadería llamada de Vasquez, y en las tiendas del contorno del antiguo
colegio llamado de San Martín, hoy Real aduana, que paga en cada un año, un
mil quatrocientos veinte y dos pesos, fojas veinte y quatro quademo primero,
sin que haya la menor idea de otras fundaciones que hicieron otros varios par-
ticulares y a las que probablemente corresponde el exceso de la entrada, que se
nota en lo que producen las tiendas situadas en lo que hoy se halla situada la
Real Aduana=.
En todas las demás becas entran libremente los jóvenes que califiquen
limpieza de sangre, y sean hijos legítimos, cuya justificación, vista en capilla
plena del colegio con asistencia del Rector, se decreta su admición o repulsa.
Cada uno de estos contribuye por año con la cantidad de ciento doce
pesos, quatro reales, la mitad de lo que pagaban para sus alimentos los alum-
nos del antiguo colegio de San Martín, sin duda para facilitar la entrada a los
que no tubiesen proporciones bastantes, lo que se devía compensar con la
pención que se reservó asignar la junta de aplicación del fondo de temporali-
dades en cumplimiento de la Real Orden de veinte y ocho de Octubre de mil
setecientos sesenta y ocho, quaderno segundo, foja nueve. Lo que no sólo no
llegó a tener efecto, sino que injustamente se halla privado del arrendamiento
del arca y fábrica interior del antiguo colegio de San Felipe que hoy ocupa el
Regimiento del Infante Don Carlos, y aunque el actual Rector hecha toda la
culpa al Rector de aquel tiempo, por haber pedido este la excesiva cantidad de
diez mil pesos sobre los conocidos ingresos del convictorio, y a su consecuencia
haberle ordenado la junta, que presentase una razón exacta de entradas y gastos
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