Page 520 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
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Volumen 5
Expediente de la visita de los pueblos de indios de la jurisdicción del partido de Huánuco
de la Visita en que estoy entendiendo, y para la qual ordené se apersonaran en esta
vesindad los Alcaldes, Alguaciles y Mayores de los contiguos pequeños, que en su
enrrededor se hallan establecidos, y se nombran Tambogan, Llacon, Pomacucho,
y Caní, como lo executaron; y reunidos en la casa de mi posada a saver:
De este Pueblo de Guera: José Andrés, Alcalde: Ygnacio Candelario, Re-
xidor: José Severino: Pedro Dionicio, Alcalde de Campo; y José Calixto; Alguacil
de idem, con los Mayores José Manuel, Ygnacio Castillo, Francisco Santiago, y
Lucas Santos, así como también quantos estantes moradores estubieron presen-
tes de dicho Pueblo = De Tambogan, Juan Antonio Paulino, Alcalde: José Lau-
reano Guaxarga, Rexidor: José Samy, Alguacil: Juan Yldefonzo [Al margen: Un
quartillo / Sello quarto un quartillo, año de mil ochocientos doce para el Reyna-
do del Señor Don Fernando Séptimo. (Rúbrica)] Alcalde de Campo; y Pasqual
Manuel Puri, Alguacil de idem, con los Mayores: José Tomás, Pedro Gregorio,
Pedro Martín, y Juan Bautista, á quienes acompañaron otros vecinos del mismo
lugar = De el de Llacon, Pedro Atanacio, Alcalde: José Silvestre, Rexidor: Ber-
nardo Abad, Alguacil: Antonio Llanos, Alcalde de Campo, y Simón Pilocarpo,
Alguacil de idem, con los Mayores Benito Nazario: Juan Ramos, Antonio Gil,
Cecilio Presentación, con otros muchos vesinos. Del de Pomacucho, Pomacu-
cho, Manuel Alexandro, Alcalde: Antonio Malqui, Rexidor: José Candelario, Al-
guacil: Visente Marcelo, Alcalde de Campo; y Vizente Savino, Alguacil de idem;
con los Mayores Juan José Román, Tiburcio Ygnosente, Francisco Cornelio, Pe-
dro Norberto y otros vecinos = De el de Cani, José Manuel, Alcalde: Mariano
Feliciano, Rexidor: León Nazario, Alguacil: Pedro Regalado, Alcalde de Campo;
y Marcelo Samudio, Alguacil de idem, con los Mayores, Nicolás Juan Pedro,
Francisco Pablo, Juan Feliciano, Manuel Ygnocente, y otros vecinos. A todos
los quales se les hizo entender por mí, y medio del Protector de Naturales Don
José de Binia, que también exerce el cargo de yntérprete, los fines de la Visita a
que han sido invitados, constantes del Auto de 14 del precente mes que haze ca-
veza de estas diligencias; é impuestos de todo contextaron con identidad quan-
tos quedan denominados, con el Común de Guera, y demás que acompañaron
a sus respectivos Representantes, no tener que deducir agravios, ni perjuicios
contra su Subdelegado, y demás Juezes; ni contra persona pudiente en gene-
ral, ni determinada; y únicamente los de Cani hisieron presente que carecían
absolutamente de tierras, por estar cituados en la Hacienda de dicho nombre;
contra cuyo actual posehedor, se quejaron de que nó les permitía cortar leña, y
les hacía cargo de daños que le inferían los ganados que cada individuo tiene,
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