Page 576 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Volumen 4
Expediente sobre la indemnización por los bienes perdidos
Excelentísimo Señor
El Fiscal reproduce la respuesta del Señor Fiscal su compañero. Lima,
10 de Abril de 1813.
Pareja (Rubricado).
N° 61. 1812
Exmo. Señor.
Con fecha 5 de Junio último N° 160 deseando dar cumplimiento a la
superior orden de Vuestra Excelencia de 28 de Marzo anterior, por la que me
manda el recojo de quanto fuese posible, perteneciente al escandaloso saqueo
practicado en esta Ciudad, y sus haciendas el 23 de Febrero de este año, y
siguientes, y el pago si fuese posible, de lo que faltase para una justa indemni-
zacion de los perjuicios que se han originado a los vecinos por aquel funesto
acontecimiento. Hize presente á su elevada consideracion lo dificil que era
una operacion tan delicada, como aventurada; tiempo, y medios que recla-
maba su execucion y que aun asi, no podía plantificarse sin comprometer la
mas acrisolada justificacion, pues sus especiales circunstancias, examinadas á
todos aspectos, no dexan lugar al exercicio cumplido de la providad, ni á las
virtudes que pueden alcanzar los hombres.
A pesar de éstos conocimientos procuré adoptar providencias que
eximiendo mi opinion de las presunciones de omiso convenciesen en todo
tiempo de mi dedicacion á cumplir con los preceptos de Vuestra Excelencia y
con aquella obligacion, que asiste á todo Juez de prestar apoyo á los derechos re-
clamados en justicia por los ciudadanos contra el opresor y atentador atrevido.
Bandos amenazadores á los que reteniendo, ó sabiendo quienes, y
donde existian bienes pertenecientes á los perjudicados, no los devolviesen,
ó dexasen de denunciarlos: Nombramiento de depositarios á donde se fuesen
acopiando las restituciones: Auxilios dados de todas clases á satisfaccion de
los interesados, y á los Comisionados, en que ellos mismos se fixaron para el
reconocimiento de casas sospechosas, hasta las que logran de inmunidad, han
sido dispensados por mi con prodigalidad, sin retardo, y siempre que se me
han pedido, ó yo he visto ser preciso expedir de oficio contra las comunidades
en general, y contra determinados individuos en particular. Los actuados cre-
cidos, que he embiado á Vuestra Excelencia serán los documentos, que auten-
tizarán ésta verdad de un mo, que la duda, ni la malicia podrán tener cavida
en ningún tiempo.
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