Page 138 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Volumen 4
                                 Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huamalíes


                    (En blanco).
                    Ympuesto en que ha elegido Usted el Pueblo de Chupan en la Doctrina
            de Baños para actuar la Comisión que el Señor Governador Yntendente le ha
            dispensado; prevengo a Usted que deve fixarse en otro lugar de la Provincia
            donde se evite el fuego de las pasiones, é intereses, y donde la imperiosa voz de
            la Justicia se dege percibir sin temor de ser oprimida. El Presbítero Don José
            Ayala que sirve de Ynter en Chupan, siguiendo los resortes interesados de su
            Cura el Doctor Don Gabriel de Elguera, y olvidando las pacíficas funciones de
            su Ministerio, ha encendido el fuego de la discordia en los Pueblos de Cho-
            ras, Obas y Chupan, y los ha hecho insurgentes á la Real Jurisdicción, hasta
            persuadirles que no deben pagar el Tributo, como demostraré a su tiempo.
            Siendo pues consiguiente que este Ecleciástico dirija a su arbitrio las opera-
            ciones de Chupan, y llebe á efecto las ideas que ha sembrado en los ánimas de
            esos naturales; y siendo por otra parte cierto que faltando qualquiera dé las
            cinco qualidades que el derecho exige en la deposición de los testigos, cae por
            tierra todo el edificio de la verdad: En atención a estas justas consideraciones,
            y conformándose en todo con las ideas rectas del Señor Yntendente que sólo
            respiran el orden y la paz de los Pueblos, el respeto y subrodinación [borro-
            neado, ilegible] debe Usted trasladar su Juzgado á otro lugar de la Provincia
            que se observe en quietud e imparcialidad; de lo contrario protesto de nulidad
            de todo lo que se actue en el citado Pueblo, y vindicaré el ultrage que se intenta
            hacer a la Real Jurisdicción que el Soberano me ha conferido.
                    Dios guarde a Usted muchos años. Pachas Enero 17 de 1812.
                    Manuel del Real (Rubricado).


                    (Al margen)
                    Pueblo de Chupan y enero 18 de 1812.
                    Por recivido, contéstace: Agregándose a los Autos (?) en dicho dia pá-
            sese por mi el Jues Comicionado al Pueblo de Obas Doctrina de Pachas y
            sígase la informasión mandada.
                    Domingo Berrospi (Rubricado). Testigo: José Rodrigues (Rubricado)

                    (Al margen inferior izquierdo):
                    Señor Juez Comisionado Don Domingo Berrospi.
                    (Página inserta sin numeración):



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