Page 85 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
que se estaba cosiendo, y de algunas otras personas, y después no se movió
hasta el sociego de la Ciudad, y sin duda que lo referido ha sido el único mo-
tibo de havérsele sindicado, exponiendo Tello, que es uno de los ocultadores
del saqueo.
Para desvanecer esta calumnia, conviene al derecho de mi parte, que la
justificación de Vuestra Señoría se sirba mandar se me reciba Sumaria Ynfor-
mación de Testigos que expongan con verdad, vajo de la religión del Juramen-
to, conforme a la Ley, y en pena, y digan si mi parte ha sido mal entretenido,
si ha dado mala nota de su persona, y últimamente si se ha mesclado en el
infame delito del saqueo; quando no tubo mas tiempo que ocultar su persona
y familia del furor de los Yndios en la Casa referida, y al respeto del Licenciado
Cos. Dada en la parte que baste, y aclarada la verdad, y que sus padecimientos
es originada de la mala inteligencia de Don Pedro Tello y su equivocación, me
parece conforme el que se le ponga en livertad, y que sesen sus trabajos como
lo ha experimentado en la dilatada prición que padece. Por tanto.
(Al margen)
A Vuestra Señoría pido, y suplico que en atención a todo lo expuesto,
se sirba mandar según y como solicito en este Escrito que repito por conclu-
ción por ser en Justicia que pido, jurando a Dios nuestro Señor, en la forma que
me corresponde, y en ánima de mi parte no ceder de malicia, y para ello etc.
Santos de la Vega (Rubricado).
En cumplimiento del Decreto de la buelta el Defenzor nombrado pre-
sentó Testigo ante Su Señoría al Licenciado Don José Cos, quien recivió ju-
ramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor, y una señal de Cruz, inberbo
sacerdotis tacto pectore, bajo del qual ofreció decir verdad, y siéndole al tenor
del pedimento antecedente dijo: Que conose á Felis Espinosa por hombre de
buenos procederes y de arreglada conducta, y que en la sublebación acaecida,
no tubo parte alguna, tanto que por sumo miedo de ella, se estubo refugiado
en Casa del Declarante y compañía del Cura de Chavín de Pariarca, durante
el tiempo que se mantubieron rebelados los Yndios de estos Partidos. Que lo
dicho es la verdad so cargo del juramento fecho en que se afirma y ratifica, que
es de edad de secenta y ocho años que no le tocan las generales de la Ley la
firmó con Su Señoría de que doy fe.
Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
Joseph Cos (Rubricado).
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