Page 258 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen  3
                        Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco - Segunda parte


                    (Al margen)
                    A la quarta: Que lo dicho y declarado es Publico y notorio de Publica y
            vos y fama, y quanto sabe y puede decir so cargo del Juramento que fecho tie-
            ne en que se afirmo y ratifico leída que fue esta su depocicion que no le tocan
            las generales de la Ley y la firmo con Su Señoria de que doy fée.
                                Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                     Jose de Binia (Rubricado).
                                    Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de Su Magestad.


                    Ynmediatamente, y para dicho efecto presento por Testígo á Don
            Manuel Tafur de quien Su Señoria le recivio juramento que lo hiso por Dios
            Nuestro Señor y una señal de Cruz en toda forma de derecho socargo del qual
            ofreció decir verdad delo que supiese y fuere preguntado y siendole por el
            Ynterrogatorio que lo motiva dijo lo siguiente:
                    (Al margen)
                    A la primera: Que conose al Religioso Fray Francisco Ledesma y tiene
            noticia de la presente Causa y responde.
                    (Al margen)
                    A la segunda: Que ha visto que dicho Religioso se ha manejado durante su
            estada en esta ciudad con laudable areglo y conducta, y no ha llegado a noticia del
            Declarante hubiese tenido compañia alguna, criminal y sospechosa y responde.
                    (Al margen)
                    A la Tercera: Que nunca lo ha visto ni sabe hubiese tenido Congrega-
            ciones Publicas o pribadas en que se haya proferido de infidelidad al Rey ni
            ala Patria antes bien el Declarante le ha adbertido buenos principios de senti-
            mientos de honra y amor constante a la Nacion y responde.
                    (Al margen)
                    A la quarta: Que lo que lleba dícho y declarado es Publico y notorio de
            Publica vos y fama, y quanto sabe y puede decir so cargo del Juramento que
            fecho tiene en que se afírmo y ratífico siendole leída esta su depocicion, que
            no le tocan las generales de la Ley, y que es de edad de veinte y seis años, y la
            firmo con Su Señoria de que doy fée.





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