Page 243 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
                    «Efectuado pues comparendo en 1° de Abril entre mi parte Beraon y
            Savala; se esclarese que Beraon fue el que abló esas palabras aprecencia delos
            referídos Martel y Savala; en cuyo dicho se ratíficaron del mísmo modo que
            Beraon á pezar delas muchas recomvenciones que se hicieron».
                    «Siguese asimismo que en la Segunda recomvencion de la confecion
            dice mí parte llana y sinceramente: síno porque mediante las furiosas amena-
            zas de los Yndíos Ynsurgentes compuso algunas Escopetas, y camino tambien
            en compañía de ellos a la Batalla de Ambo, síendo forzado; pero apoca distan-
            cia de haver andado tubo proporcíon de ocultarse en una Casa que estava al
            paso y se regresó; prueba deque no ha penzado ser complíce enla sublevacion
            Estas son en suma todas las causas que del Proceso resultan contra mi parte; y
            aunque enel Escrito de Ynterrogatorio expongo que antecediendo ala entrega
            que seme devía haser delos autos seme recívíese la Ynformacion de que mas
            abajo trataré no teniendo que dar mas prueva sino la aducida y quedando aqui
            absuelta la clausula todo loqual deverá entenderse sín perjuicio delas diligen-
            cias que me sean necesarias reproducir á vista delos Autos» Paso á tratar de
            todo aquello que concierne amí defenza.
                    Los testigos que presenta mi parte Masias Retes, Don Francisco So-
            ria, Doña Manuela Alvarado; y Doña Francisca Rojas, enla Prímera Pregunta
            declaran que mi parte es conocido y tenido por hombre debien, por vecino
            honrado, y de buenos procederes, y que con su oficio se ha mantenido y asus
            obligaciones.
                    En la segunda Pregunta ignora que mi parte abandonase su trabajo,
            se ocupase en juntas, ó en otros desconciertos por donde los Magistrados re-
            prendiesen ó persiguiesen ámi parte; no obstante aque el testígo Don Francis-
            co Soria asegura que sabe muy al contrario de ella, sin duda se trascordó y esta
            no puede, en el caso de contra producentes, perjudicar amí parte; por quanto
            sí confíeza que conose á Fernando Palomino por hombre debien, y de buena
            conducta es incomparable y que un hombre de bien y de buena conducta esté
            adornado y revestido delos vicios que en diseño le condena; y maíormente
            quando él, la Alvarado, y la Rojas con partícularidad esta, Declaran enla Ter-
            cera Pregunta que Palomino en nada dela Sublevacion se ha mezclado, fínal-
            mente en la Sexta Pregunta ígnoran tambíen que mi parte entrase a la Casa del
            Caveza de Ynsurgentes exeptuando las dos ocaciones que menciona el Ynterro-
            gatorio. Simi parte segun se malicia por las confeciones delos Presos Beraon, y
            Carrillo tubiese crímen enlas conversaciones de Casteli sus hermanos, y arrojan



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