Page 237 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            dela ciudad, escrito en dos Ydiomas: índico, y castellano; y bien sea por que es-
            taba de este modo, por que hisieron mal en ponerlo; ó por que maliciaban que
            sus serian las fatales, que ahora se han esperimentado: hubieron varias conver-
            saciones sobre esto, delas quales ni se trató de alsamientos, ni menos contra el
            estado, ó el govierno justificado de sus Proseres: digan clara y abiertamente sí
            le oíeron ami parte abonar por acertado el pasquin: sí hiso demostraciones de
            jubilo por haberlo oido leer: Sí quando entraron Mariano Velez, Jose Beraun,
            ó algunas otras personas, estubo mi parte presente á qualquiera palabra que se
            dirigiese sobre los asuntos de Casteli, sus sequaces, sus desconcertados hechos,
            ó las leguas de distancia, que hay desde Huanuco hasta donde pára.
                    (Al margen) 5a.
                    Yten digan, sí les consta, que la noche del pasado veinte y dos de Fe-
            brero, luego que llamaron asu puerta, y le pidieron auxilio a fin de impedir la
            entrada que los Ynsurgentes pretendian hacer por el puente de Huayaupampa:
            si estubo mi parte pronto, y fiel al lado delos leales, donde se mantubo hasta
            las ocho del dia; y tanto que siendole forsado el desamparar el puente, y regre-
            sar ala ciudad, yá en ella le franqueó con toda voluntad su mula de silla, y su
            jaez á un niño hijo lejitimo del Señor Coronel Don Antonio Echegoyen.
                    (Al margen) 6a.
                    Yten: digan: si despues de efectuada la rebelion, vieron, ó notaron á
            mi parte que frequentaba la casa del cabesa de los rebeldes Don Juan Jose del
            Castillo, exceptuando dos ocaciones: y fue la una con el objeto de que recibiese
            en qualidad de deposito, y con el designio que no se huyese, á un negro esclavo
            de este Cavallero Subdelegado; y la otra los propios Ynsurgentes condujeron
            á mi parte á dicha casa en qualidad de preso, y con algasara con el fin de que
            compusiese sus armas; pues á ello resistia por libertarse de que fuese mescla-
            da su conducta en crimenes, en que no habia cooperado; digan: sí vieron, o
            supieron que compusiese algunas armas: y quedando en este estado el interro-
            gatorio suspenso para amplificarlo á vista del Proceso.
                    (Al margen)
                    A Vuestra Señoría pido, y suplico se sirba mandar hacer en todo, como
            solicito, ó lo que estime mas de justicia, y que las diligencias, que en la materia
            se obren, seme entreguen originales para los efectos, que me convengan, pro-
            testo lo favorable, etc.
                                                        Jose de  Binia (Rubricado).





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