Page 232 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Volumen 3
Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco - Segunda parte
todo poderoso, á rogar por la concordia entre los Principes Cristianos, Exaltasion
de la fee Católica, y combersion de todos los pecadores. Estos prosedimientos, y
los que anuncia la sumaria Ynformacion que con la debida solemnidad presénto,
parece Señor Governador Yntendente no son de un hombre criminal segun lo de-
nota el proseso, sino por el contrario ser mi parte uno de los honrados sugetos que
componen este vesindario, y que si virtió aquellas expreciones que lo calumnian,
fueron brotadas de un corazón resentido de agravios, pero si satisfecho de que no
dio paso alguno a favor dela insurreccion; y desimprecionando Vuestro Señoria el
crimen que mientras no se le oia ami parte parecia asus ojos, se digne compade-
serse de el, dando por purgado qualesquiera delito leve que se le represente con el
dilatado y sonrrojoso encierro que ha sufrido un Ministro del Altisimo.
(Al margen)
A Vuestra Señoria pido y suplico se digne decretarlo asi por ser justicia
que con Merced espero alcanzar de su benefica y justificada mano vuestra.
Manuel Tupayupanqui (Rubricado).
(Al borde superior derecho)
Manuel Carrillo sargento sobre conversaciones de la venida de Castelli
y cañones que habia en Guanuco.
(Al margen):
Huanuco 28 de Abril de 1812. A los de su materia, y traiganse para proveer
debolviendosele los papeles de servicios que se acompañan para su resguardo.
Gonsales (Rubricado). Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado). Maria-
no Flores (Rubricado).
Señor Governador Yntendente.
Jose de Binia á nombre de Manuel Carrillo, Sargento del Regimiento
de Cavallería delas Milicias de ésta Ciudad, y preso por cierta conversación
que con Jose Beraun tubo sobre tratar de Casteli, y el Cusco, con lo demas de-
ducido, que consta de su confesion, y careo con el dicho Jose Beraun, respon-
diendo al traslado, que seme comunica, digo: Que de Justicia se ha de serbir
Vuestra Señoria dar por libre a mi parte del cargo, que se le hace, así por que
en el dado caso de ser cierta la conversacion no resultó de ella ni principio, ni
progreso dela Ynsurreccion, como por lo general, y siguiente.
En el discurso del Proceso no se halla ni sumaria, ni testigo, que denun-
cie á mi parte, motivo substancial, para que su causa nada tenga de crimen: Jose
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