Page 17 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            bajo el juramento que tiene otorgado, y en que se afirma y ratifica, leída que le
            fue esta declaración: Que no le comprenden las generales de la Ley, que es de
            edad de sinquenta y cinco años y la firmó con Su Señoría de que doy fe.
                                Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                    Antonio Tafur (Rubricado).
                                    Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                     Escribano de Su Majestad.




                    Ynmediatamente dicho Defensor, presentó por testigo ante Su Seño-
            ría al Sargento Mayor de Cavallería de Milicias de esta Ciudad Don Manuel
            Talancha, a quien por ante mi el presente Escribano recivió juramento que lo
            hizo por Dios nuestro Señor y por la Cruz de su espada, bajo del qual ofreció
            decir verdad de lo que supiere, y fuere preguntado, y siendo examinado al
            tenor del ynterrogatorio incerto.—
                    (Al margen) 1a.
                    A la primera pregunta dijo: Que conose a Don Juan José Crespo y Cas-
            tillo, por un hombre retirado, y de operaciones conciguientes a este método de
            vida, y responde.
                    (Al margen) 2a.
                    A la segunda pregunta dijo: tanto en el empleo de Rexidor, como en
            otros destinos de República que ha obtenido dicho Castillo, no le ha advertido
            espíritu codicioso, y responde.
                    (Al margen) 3a.
                    A la tercera dijo: Que aserca de esta pregunta, solo puede exponer que
            quando se recivió en esta Ciudad el primer oficio del Comandante de los Pa-
            triotas del Cerro, que venían en auxilio de ella, se produjo dicho Castillo, que
            obtenía el cargo de Procurador General por elección del Cavildo abierto que
            se tubo, que no permitiría entrase dicho auxilio, por que a él como a Procu-
            rador le correspondía defenderla: en cuyo estado haciendo reflección el de-
            clarante dijo, que esta ocurrencia sucedió quando se recivió el oficio que por
            mi se dirijió al Cavildo desde Tarma, que por haberlo remitido dicho Coman-
            dante se havía equibocado en decir que era de dicho Comandante el Oficio: A
            cuya exposición de Castillo, le repuso el Capitán Manuel Andrea, que si yo el
            Yntendente venía me devían recivir con los brasos abiertos, a lo que también



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