Page 75 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
P. 75
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
Palencia (Rubricado).
Ante mi Francisco Castano (Rubricado).
Escribano Publico.
Ynmediatamente Yo el Escribano puse en deposito los bienes que
constan en el Ymbentario del Padre Fray Mariano Aspiasu en la persona de
Don José Candano, quien otorgó el depocito en forma, y conforme a derecho
y lo firmó doy fe –.
Sin Firma.
Consecutibamente cité he hice saber el Auto anterior a Don Mariano
Tapia Abogado de la Real Audiencia de Lima, defensor de Real Hacienda y lo
firmó doy fe –.
Tapia (Rubricado). Castano (Rubricado).
Seguidamente Yo el Escribano le hice presente á Vizente Salguero el
nombramiento de perito tasador quien aseptó el cargo jurando en forma de
husar bien y legalmente segun su leal saber y entender, y lo firmó doy fe –.
Visente Salguero (Rubricado). Castano (Rubricado).
Ynmediatamente hise otra diligencia como la anterior á Manuel La-
madrid; y acseptó el cargo de usar bien y legalmente jurando en forma, y lo
firmó doy fe –.
Manuel Madrid (Rubricado). Castano (Rubricado).
Doy fé: Que haviendo regresado los papeles y Autos que dejó el Cava-
llero Subdelegado anterior no há encontrado el oficio de orden que se pide, y
Don Manuel de Alegria que servia de escribiente a dicho Señor Subdelegado,
me há puesto que no á visto tal oficio fecha Ut Supra-.
Castano (Rubricado).
Ynmediatamente: YO el Maestro Platero Vizente Salguero prosedí a la
tasacion de los bienes secuestrados correspondientes al Padre Fray Mariano
Aspiaso que constan en antes, y es en la forma siguiente.
74