Page 80 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Volumen 2
Autos criminales
Ante mi Francisco Castaño (Rubricado).
Escribano Publico.
En veinte de Enero de mil ochocientos trece. Haviendo exivido Don
José Balparda la cantidad que consta en el Deposito de arriba queda chansela-
da y de ningun valor ni efecto y lo firmó doy fe.
José de Balparda (Rubricado). Castaño (Rubricado).
(Al margen:)
Tarma 1° de Diciembre de 1812.
Por resivido el Expediente que se enuncia: debuelbase al Subdelegado
remitente para que haciendo se trasladen a ley de Depocito a las Reales Cajas
de Pasco, los dosientos onze pesos quatro y medio reales producto de los bie-
nes embargados a Fray Mariano Aspiazo, lo debuelba con la diligencia que lo
acredite para darle el curso correspondiente.
Gonsales (Rubricado).
Ante mi: Nicolas de Berroa (Rubricado).
Escribano Publico.
Acompaño á Vuestra Señoría el Expediente seguido contra los Bie-
nes de Fray Mariano Aspiaso reo de delito de conspiracion Ellos instruirán á
Vuestra Señoría del remate hecho en los que parecieron ser pertenecientes al
citado; y que su producto queda depositado a disposicion de Vuestra Señoría
en manos del Comerciante Don José Valparda.
Dios guarde á Vuestra Señoría muchos años. Cerro Noviembre 25 de 1812.
Doctor José de Larrea (Rubricado).
(Al margen inferior)
Señor Governador Yntendente de la Provincia Don José Gonzales de
Prada.
Debuelbo a Vuestra Merced el Expediente del remate de los vienes
embargados á Fray Mariano Aspiazo, para que practicada la traslasion a las
Cajas de Pasco de los 211 pesos 4 1/2 reales me lo restituya, como prevengo en
mi Decreto de este dia.
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