Page 395 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            oficios de aquellos sugetos, y contextaciones respectivas: todo lo qual deve ser
            la base sobre que se funde la correspondiente pesquisa contra los yndicados,
            á cuyo efecto se ponga un auto á continuación con el ynterrogatorio que co-
            rresponde, para que á virtud de él, sean examinados los testigos que tenga por
            convéniente llamar: formándose en seguida otro de igual naturaleza, por cuyo
            tenor deducido del sentido y espíritu de dichos papeles; declaren instructi-
            vamente los que componían la pretendida Junta; por su mente se libren las
            providencias que haya lugar: sáquese copia autorizada de este, y agruéguese al
            expediente de su materia = José Gonzales de Prada = Juan de Dios Gallardo,
            Secretario del Govierno = Enmendado = Yndicados = Vale =
                    (Al margen).
                    Es copia del Decreto original puesto al margen del Oficio Reservado
            de Su Excelencia, el que queda archivado en la Secretaría de este Govierno, é
            Yntendencia.
                    Juan de Dios Gallardo (Rubricado)
                    Secretario

                    Don José Gonsales de Prada, Governador Yntendente de la Provincia
            de Tarma por Su Majestad y General en Gefe del Exército Pacificador de sus
            Pueblos Ynsurgentes etcétera.
                    Por quanto és de la primera importancia indagar con el mas prolixo,
            y escrupuloso exmero los designios, y conducta de los yndividuos que inten-
            taron establecer una Junta Guvernativa en esta Ciudad al espacioso pretexto
            de carecer esta de Autoridades constituidas, y siendo así que no era de tanta
            urgencia su propósito, por haver quedado aun en ella uno de los Alcaldes Or-
            dinarios, cuya milicia se convence por los capciosos oficios que me dirigieron
            aquellos al Pueblo de Chaucha, y Asiento de Ambo: Por tanto; y debiendo
            esclarecerse éste criminal manejo con la delicadeza que demanda su grave
            entidad, devía mandar, y mando se practique una rigurosa pesquisa sobre el
            particular; formándose al efecto dos ynterrogatorios, para que por el primero
            sean examinados secretamente los testigos que tenga por convenniente lla-
            marlos; y á que por el segundo declaren instructivamente los mismos preten-
            sores de la prenotada Junta. Así lo proveo, mando, y firmo con el Secretario de
            este Govierno e Yntendencia en Huánuco y Marzo 24 de 1812 años.







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