Page 127 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
                    Ante mi:
            Pedro Antonio Echegoyen (Rubricado).
            Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
            Escribano de Su Magestad.

                    Ynmediatamente yo el Escribano hise saver el presente auto, a José
            Rivera, quedó inteligenciado en su contenido, y de ello do fee.
                    En dicho dia, practiqué igual diligencia con el Regidor Don Juan José
            Crespo del Castillo, quien haviendose inteligenciado dijo que aseptava el car-
            go en toda forma de derecho, y juró por Dios N.S. y una señal de crus, usarlo
            bien y fielmente y lo firmó de que doy fee
                                         Juan Joseph Crespo y Castillo (Rubricado)


                    En la ciudad de Leon de Huanuco en nuebe dias del mes de Diziembre
            de mil ochocientos y nuebe años. El Regidor don Juan José Crespo del Cas-
            tillo, a consequencia del nombramiento que tiene de perito asistido de mi el
            Escribano, se constituió al barrio del Beaterio y casas, que hoy pertenesen a
            las Beatas Rafaela y Manuela Baubeta, donde entrando por la puerta de calle,
            a mano isquierda está una pulpería techada y su jironsito de solar, que desde
            la esquina de la misma pulperia tira para adentro a la huerta hasta donde
            concluye el lindero de esta en rectitud, que es lo mismo que toca y pertenece
            al menor Jose Rivera y estando este presente, dicho Regidor don Juan Jose
            Crespo del Castillo, prosedió a ver y reconoser con la maior atencion dicha
            pertenensia de pulperia, y jiron de solar, y despues de haver medido y calcula-
            do como corresponde dijo: que a encontrado baler dicha piesa y terrasgo fran-
            camente y a dinero de contado segun la ocurrencia del tiempo precente ciento
            noventa y sinco pesos, cuyo justiprecio declaró haverlo hecho bien y fielmente
            segun su consiensia, y bajo del juramento que tiene interpuesto el mismo, que
            ahora lo reytera, que es de edad de sesenta años poco mas o menos, y lo firmo
            por ante mi dicho Escribano de que doy fee.—


                                         Juan Joseph Crespo y Castillo (Rubricado).

                    (inserto):
                    Jose Ribera ha satisfecho en esta Real Audiencia onze pesos cinco y
            medio reales (ilegible) deducidos de ciento nobenta y cinco pesos que im-



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