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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José Baquíjano y Carrillo
                    Asimismo venden de leña a once bodegones a razón de tres a cuatro
            cargas cada uno por semana treinta y tres cargas, que hacen al año mil sete-
            cientos diez y seis cargas, que a nueve reales carga suman un mil novecientos
            treinta pesos, cuatro reales.
                    Venden de leña y caña quemada en cuarenta y dos casas pulperías y
            bodegones en la población de Bellavista y playa del Callao, a razón de una
            carga por semana, unas con otras a ocho reales.
                    Suman dos mil ciento ochenta y cuatro pesos, suman todas estas par-
            tidas de leña y caña quemada setenta y cuatro mil novecientos ochenta y dos
            pesos, cuatro reales poco más o menos aunque en la realidad venden dichos
            hacendados mucha más leña, así en la que se embarca, como las pearas que
            venden en las casas y tiendas que venden este efecto, y la que consumen los
            alfareros y gremio de mantequeros de lo que no he podido formar cuenta, ni
            se puede hacer concepto porque además de la leña mencionada entran sema-
            nalmente en esta capital de ciento y cincuenta a doscientas cargas de leña con-
            ducida por varios negros de las referidas haciendas quienes asientan, que se
            las permiten cortar sus amos para costear su tabaco; pero en las declaraciones,
            que recibí a los enunciados hacendados asientan las cantidades de plata, que
            distribuyen en darles a sus negros para tabaco, los cuales venden este núme-
            ro de cargas de leña a las regatonas de la plaza y parte de ellas en las tiendas
            recauderías, y en mazamorrerías de cuya leña no se paga diezmo ni primicia,
            según lo asientan varias personas.
                    Venden algunos hacendados anualmente mas de dos mil cargas de
            caña brava larga a ocho reales carga que por la menor parte son dos mil pesos.
                    Que sumadas todas las partidas de venta de frutos y efectos ascienden a
            la cantidad de seiscientos seis mil ciento cincuenta y dos pesos, dos reales poco
            más o menos, y esta cantidad de venta demostrada se asienta con toda rebaja y
            equidad, porque en la realidad venden mas de estos dichos efectos y frutos.
                    Todo lo expuesto es sin traer a consideración los demás frutos que
            cosechan, en sus haciendas, como lo son frijol, maíz, cebada, camote, yuca,
            papas, choclo, zapallos, sandías, melones, cebollas, ajíes, coles, lechugas, plá-
            tanos y frutas porque parte de estos los consumen en sus propias haciendas y
            casas, otros los remiten a la plaza de su cuenta y los demás los venden en sus
            haciendas a regatones y regatonas como también venderse los hacendados los
            unos a los otros porciones de fanegas de frijol y maíz, cuando les falta o no lo
            han sembrado.



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