Page 238 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Volumen 1
Repercuciones del «Elogio»
Con este objeto, y cerciorado de la literatura, y demás buenas cualida-
des que para el desempeño de este asunto concurrían en el padre maestro fray
Diego Cisneros del orden de san Gerónimo, le nombré para que, por lo que
mira a la jurisdicción real, asistiese, luego que se le pasase el aviso oportuno
al reconocimiento de las referidas librerías, como igualmente de los cajones o
facturas de libros que se introdujesen en esta ciudad, teniendo presente que en
las listas que manifiestan los dueños o apoderados de aquéllos suelen venir las
obras disfrazadas con distinto título y nombre del autor de que en la realidad
tienen, cuya malicia era necesario precaver, reconociéndolas por su interior,
y que, hallando entre ellas algunas de las comprendidas en el bando publica-
do, u otras de las prohibidas por el Estado, o que en algún modo pueda ser
su lectura y doctrina perjudicial a la tranquilidad y quietud, a las regalías del
soberano y leyes o costumbres del reino, las mandase retener en mi nombre, y
me diese cuenta para providenciar lo que me pareciese más conveniente.
En este estado, y cuando yo me presumía tener arreglado este asunto,
me hallé con un oficio del tribunal de la Inquisición, su fecha veinticuatro de
octubre del año pasado de ochenta y seis, sobre que no habiendo pieza pro-
porcionada y desocupada en las casas de su establecimiento para que se depo-
sitasen los cajones de libros en el ínterin que se reconocían, era indispensable
se siguiese la práctica antigua de permitir a los dueños o apoderados los lle-
vasen a sus almacenes, encargándoles no procediesen a su venta o extracción
hasta tanto que fuesen reconocidos por los comisarios de la Inquisición y del
nombrado por este superior gobierno.
Esta costumbre, que ha sido en mi sentir una de las causas principales
que ha dado mérito a la introducción de tanto libro prohibido como corren
por esta América, no me fue posible permitir continuase por más tiempo. Ella
abre la puerta al comerciante para que, extrayendo la obra prohibida, ponga
en su lugar aquella que trae la factura y está permitida, sin que en manera
alguna pueda conocerse este fraude, con el cual quedan, por consiguiente,
inútiles todas las providencias anteriormente libradas sobre el particular.
Para que así no sucediese, me vi precisado a pasar oficio al superin-
tendente de real Hacienda, dándole parte de la pretensión del tribunal, y ex-
poniéndole la causas que me impelían a no asentir a ella en modo alguno, le
consulté sobre si en la real Aduana habría o no proporción de destinar alguna
pieza donde se colocasen los cajones de libros, después que fuesen reconocidos
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