Page 237 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José Baquíjano y Carrillo
también las demás que se expresaban, si acaso se hallaban en su librería, lo que
de facto verificó y reconocerá vuestra excelencia por el escrito que me presen-
tó y se halla con la adjunta copia.
Para proceder a los demás particulares que en dicha real resolución
se me prevenían, y visto cuanto el superintendente de real hacienda me ex-
puso sobre su contenido, ordené por decreto de 20 de Julio del año pasado de
ochenta y seis se diesen al fuego, como se hizo, las obras que había entregado
el doctor Baquíjano, y se averiguase con la mayor reserva que otras personas
las tenían, para ejecutar con ellas lo mismo.
Al propio tiempo, y para cortar de raíz, así la introducción de tan per-
judiciales obras, como la impresión de ellas, en este reino, mandé se publicase
y se hiciese saber a los impresores de esta capital se abstuviesen de dar a la im-
prenta todo papel en que no se hallase la aprobación de este superior gobier-
no, haciéndose así saber al rector de esta real Universidad de san Marcos para
su inteligencia y observancia, quien me informaría sobre la costumbre que tu-
viese la Escuela cerca de este asunto, y que las facturas o cajones de libros que
internasen por mar o tierra a esta capital se pasasen, después de evacuados
los reconocimientos y demás diligencias que por lo respectivo a real hacienda
debían sufrir en la real Aduana, al santo tribunal de la Inquisición, para que
por sus calificadores o comisarios, y por la persona que el virrey nombrase se
examinasen todos los volúmenes con la escrupulosidad y cuidado que pedía
la delicadeza del asunto.
Practicadas estas diligencias, y cerciorado por la razón que me pasó el
rector de la real Universidad de que ésta se hallaba en posesión de imprimir
ciertas obras o papeles sin el permiso de la superioridad, le previne que de
ningún modo permitiese en adelante se continuase esta práctica, y que preci-
sa e indispensablemente hubiesen de remitirse a este superior gobierno, para
que, examinadas por la persona que tuviese a bien comisionar para el efecto,
les concediese la licencia respectiva, si lo hallase por conveniente.
Al propio tiempo, y pareciéndome muy acertado el medio que el tri-
bunal de la Inquisición me propuso con fecha diez y siete de Agosto próximo
pasado, sobre que de tiempo en tiempo se reconociesen las librerías, así públi-
cas como secretas, que había en esta ciudad, le previne que desde luego podía
poner en planta este arbitrio, avisando antes al comisionado por este gobierno
para que asistiese a dichos reconocimientos.
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