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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            Amaro y nunca estuvo preso; que sabe que la hacienda de Tiquiña se la dió el
            rebelde a cuidar, después que se la quitó a Unda. Que no sabe ni lo ha visto
            en expedición alguna. Que es lo único que sabe y puede decir verdad so cargo
            del juramento, que fecho tiene, en que se afirmó y ratificó, dijo ser de treinta y
            cinco años de edad y la firmó con Su Señoría de que certifico.


            Una rúbrica

            José Mamani
            (rubricado)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (rubricado)


            (Al margen):


                    En dicho día veinte y seis de junio compareció ante Su Señoría José
            Mamani, quien bajo de juramento que hizo según derecho, dijo se afirmaba y
            ratificaba en la declaración que tiene hecha en estos autos y se le ha leído por
            ser la verdad y no tener que añadir ni quitar cosa alguna, y lo firmó con Su
            Señoría de que certifico.


            Una rúbrica

            José Mamani
            (rubricado)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (rubricado)


            [Se ordena embargar los bienes a Noguera y que preste confesión. Mayo 26,
            1781].


                    Cuzco, 26 de mayo de 1781.

                    Embárguense los bienes de Patricio Noguera, para lo que se da comi-
            sión al Corregidor de Tinta, y tómesele confesión.





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