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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Amaro y nunca estuvo preso; que sabe que la hacienda de Tiquiña se la dió el
rebelde a cuidar, después que se la quitó a Unda. Que no sabe ni lo ha visto
en expedición alguna. Que es lo único que sabe y puede decir verdad so cargo
del juramento, que fecho tiene, en que se afirmó y ratificó, dijo ser de treinta y
cinco años de edad y la firmó con Su Señoría de que certifico.
Una rúbrica
José Mamani
(rubricado)
Manuel Espinavete López
(rubricado)
(Al margen):
En dicho día veinte y seis de junio compareció ante Su Señoría José
Mamani, quien bajo de juramento que hizo según derecho, dijo se afirmaba y
ratificaba en la declaración que tiene hecha en estos autos y se le ha leído por
ser la verdad y no tener que añadir ni quitar cosa alguna, y lo firmó con Su
Señoría de que certifico.
Una rúbrica
José Mamani
(rubricado)
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Se ordena embargar los bienes a Noguera y que preste confesión. Mayo 26,
1781].
Cuzco, 26 de mayo de 1781.
Embárguense los bienes de Patricio Noguera, para lo que se da comi-
sión al Corregidor de Tinta, y tómesele confesión.
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