Page 786 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            (Al Margen: 4° Gregario Durán, de 27 años).


                    Incontinenti, para la propia diligencia presentó por testigo a Gregrorio
            Durán, vecino de San Pablo de Cacha, a quien le recibí juramento que lo hizo
            por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, so cargo del cual ofreció decir
            verdad y siéndole leído el escrito presentado dijo, que le consta ser conforme
            se relaciona en él y que Vicente Castelo, en ningún tiempo siguió el partido del
            traidor José Gabriel de Tupa Amaro y le costó andar escondido y dos meses
            preso; y que esta es lá verdad so cargo del juramento que lleva fecho, en que
            se afirmó y ratificó, que no le tocan las generales de la ley y que es de edad de
            veinte y siete años y no firmó, porque dijo no saber, hízolo a su ruego un tes-
            tigo, con quienes actúo a falta de Escribano .


            Francisco de Salcedo
            (rubricado)
                                                        José Vicente de la llosa
                                                               (rubricado)
            Marcelino Enríquez
            (rubricado)


            (Al margen: 5° Carlos Aguilar, de 37 años).
                    En el propio día para la misma diligencia presentó por testigo la dicha
            Doña Antonia Vásquez a Carlos Aguilar, vecino de San Pablo de Cachi, de
            quien recibí juramento, que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de
            cruz y siéndole leído J . 16 el escrito presentado por dicha Antonia Vásquez,
            dijo que lo que se representa en el escrito es lo mismo que sucedió y • sabe que
            Vicente Castelo no ha cooperado en nada y se mantuvo huyendo de servir al
            rebelde, por lo que estuvo en prisión algún tiempo; y que esta es la verdad, so
            cargo del juramento que tiene fecho, en que se afirmó y ratificó siéndole leída
            esta su declaración, que no le tocan las generales de la ley, que es de edad de
            treinta y siete años y no firmó, porque dijo no saber hízolo a su ruego un tes-
            tigo, de los con que actúo a falta de Escribano .

            Francisco de Salcedo
            (rubricado)





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