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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
                    Cuzco, 4 de Julio de 1781.
                    Traslado a Mateo Avellaneda, quien en el acto de la notificación nom-
            brará abogado que le defienda, con apercibimiento.


            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)

                    Incontinenti se hizo saber el anterior auto a Mateo Avellaneda, quien
            dijo no conocía abogado alguno; que pedía a su señoría se le nombrase de
            oficio, de que certifico.


                  Espinavete
            (media firma y rúbrica)


            (Al margen: Aceptó y juró en la forma ordinaria. Cuzco y Julio 4 de 1781).

                  Doctor Munive
            (media firma y rúbrica)


            [Juan Munive es nombrado Defensor de Avellaneda. Julio 4, 1781].


                    Cuzco1 4 de Julio de 1781.
                    Al doctor don Juan Munive, a quien se nombra por defensor de Mateo
            Avellaneda, aceptando y jurando.
                    (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)


            [Alegato que presenta el Defensor del encausado].
                    EI abogado defensor de Mateo Avellaneda nombrado en los autos cri-
            minales que contra éste se siguen por complicidad en la rebelión suscitada por
            José Gabriel Túpac Amaro, respondiendo al traslado que se le comunica de la
            acusación de fojas (en blanco) en que el fiscal solicita sea recluso el expresado
            Avellaneda en un hospital para que sirva a los enfermos por espacio de tres
            años, a ración y sin sueldo, y lo demás deducido, dice: que en términos de jus-



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