Page 530 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Mateo Avellaneda
(firmado)
Francisco de Cisneros
(firmado)
Manuel Espinavete López
(firmado)
(Al margen: Aceptó y juró en forma de derecho. Cuzco y Julio 3 de 1781).
Figueroa
(media firma y rúbrica)
[Pablo Figueroa es nombrado Solicitador en esta causa. Julio 3, 1781].
Cuzco, 3 de Julio de 1781.
A don Pablo Figueroa, abogado de la real audiencia de Lima, a quien
se nombra por solicitador en esta causa, aceptando y jurando.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
[Acusación del Fiscal contra Mateo Avellaneda. Julio 3, 1781].
El solicitador fiscal dice: atendiendo a lo que tiene declarado don
Francisco Cisneros, uno de los testigos de la sumaria, que vió al contenido
Mateo Avellaneda de guardia de la persona del rebelde Tupac Amaro y de los
prisioneros que éste tenía, con armas, para no dejar salir a nadie, por esto debe
conceptuarse que éste individuo sin embargo del embarazo de su tullimiento,
fue de la facción de c o re de e hizo cuanto pudo en obsequio del rebelde. Por
esto le parece al fiscal que deberá ser recluido en uno de los hospitales para
que sirva a los enfermos por espacio de tres años, a ración y sin sueldo, o lo
que a vuestra señoría le pareciere ser de justicia. Cuzco y Julio 3 de 1781.
Figueroa
(media firma y rúbrica)
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