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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            [Certificación de la sentencia contra Ortigoza. Julio 14, 1781].
                    Dió y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor don An-
            tonio de Areche, caballero de la Real Distinguida Orden Española de Carlos
            tercero, del consejo de Su Majestad en el Real y Supremo de Indias, visitador
            general de los tribunales de justicia y real hacienda de este reino, el de Chile y
            provincias del Río de la Plata, superintendente de ella, intendente de ejército,
            subdelegado de la real renta de tabaco, y comisionado con todas las facultades
            del excelentísimo señor virrey de este reino para entender en los asuntos de la
            rebelión intentada y ejecutada por el vil tnidor José Gabriel Tupa Amaro. En la
            ciudad del Cuzco, en catorce de Julio de mil setecientos ochenta y uno, siendo
            testigos don Fernardo Saavedra, contador de visita, don Juan de Oyarzábal y
            don José Sáenz, de que certifico.


                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)
            [Diligencias finales de la causa].
                    En el Cuzco, a diez r seis del mismo mes y año, yo el escribano hice
            saber la anterior sentencia y su pronunciamiento a Diego Ortigoza, en su per-
            sona, de que certifico.


                                                               Espinavete
                                                        (media firma y rúbrica)

                    En la ciudad del Cuzco, en diez y seis de Julio, año de mil setecientos
            ochenta y uno, yo el escribano leí y notifiqué el contenido de la sentencia de
            enfrente al doctor don Juan Munive y Mozo, abogado defensor del reo sujeto
            a esta causa, en su persona, de que doy fé.


                                                         Miguel de Acuña
                                                          (firmado)
                                                Escribano de Su Majestad y público

                    En dicho día, mes y año, yo el escribano pasé a la casa de la morada del
            doctor don Antonio Felipe de Tapia a notificarle la dicha sentencia, y la gente de
            ella me dijo haberse ido días ha a su hacienda de Motoque, que está en términos
            de Anta, y para que conste lo pongo por diligencia, y de ello doy fé.



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