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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
certificaciones que se reconocen de los autos de la materia, en cuya atención,
y habiendo aquí por expuesto todo lo demás que por derecho deba y pueda:
A vuestra señoría pido y suplico que habiendo por puestas las acusa-
ciones a los reos en esta causa Francisco Tupa Amaro y Marcos de la Torre, en
fuerzas de ellas y de lo que ministra el proceso, declararlos por reos del abomi-
nable delito de lesa majestad, y como a tales, de ponerles las penas establecidas
por derecho real, como tengo pedido en el exordio de este escrito, que será de
justicia que espero alcanzar de la notoria justificación de Vuestra señoría, para
satisfacción de la vindicta y escarmiento de los demás, y juro a Dios Nuestro
Señor y a esta señal de cruz que en lo que pido no procedo de malicia sino por
alcanzar justicia, etc.
José de Saldívar y Saavedra
(firmado)
[Notificación a los dos encausados. Mayo 7, 1781]
Cuzco, 7 de Mayo de 1781.
Traslado a Francisco Tupa Amaro y Marcos Torres quienes en el acto
de la notificación nombrarán letrado que los defienda en esta causa, con aper-
cibimiento.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
Inmediatamente yo el escribano hice saber el anterior auto a Francis-
co Tupa Amaro y Marcos Torre, presos en este cuartel, a cada uno de por sí,
quienes dijeron nombrarán por su defensor al doctor don Miguel Iturrizarra,
y lo firmaron, de que certifico.
Francisco Tupa Amaro
(firmado)
Marcos de la Torre
(firmado)
Manuel Espinavete López
(firmado)
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