Page 44 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            [Acusación del Fiscal contra Francisco Túpac Amaru y Marcos de la Torre.
            Mayo 6, 1781]


                    Don José de Saldívar y Saavedra, abogado de la real audiencia de Lima,
            solicitador fiscal nombrado en la causa criminal que de oficio de la real justicia
            se sigue contra Francisco Tupa Amaro y contra Marcos de la Torre por el de-
            lito de complicidad en la rebelión perpetrada por el traidor José Gabriel Tupa
            Amaro, para el efeto de ponerles acusación en forma, como mejor proceda en
            el derecho, parezco ante vuestra señoría y digo que a dichos Francisco Tupa
            Amaro y Marcos de la Torre les acuso del atroz crimen de lesa majestad en que
            han incurrido, para que en su virtud se sirva de declararlos por tales reos, e
            imponerles las penas establecidas por la ley 2a. foja 2 partida 7, ley 4 foja 2 de
            la misma y por la ley 6 título 27 partida 2, lo cual es conforme a derecho, por
            lo que de los autos resulta y siguiente:
                    Por informe de fojas 5 de don Bernardo de la Madrid y que en la su-
            maria que corre de fojas 21 hasta fojas 25, se halla plenísimamente justificado
            que Francisco Tupa Amaro estuvo de comandante de la tropa del rebelde de
            la una banda del río de Pilpinto, impidiendo el paso de las del Rey Nuestro
            Señor, alentando a la gente de su mando a la oposición y disparando un cañón
            de artillería, y a mayor abundamiento lo tiene confesado a fojas 8 vuelta, y que
            lo prendieron después de derrotado. De Marcos de la Torre igualmente consta
            por dicha sumaria, su confesión de fojas 9 y las cartas de foja 12, foja 13 y foja
            14, que tiene reconocidas y confesadas por suyas, haber auxiliado con gente
            para las expediciones que contra el estado hacía el rebelde, remitídole víveres
            y servido de centinela, de que resulta ser estos dos reos comprendidos en el
            delito de lesa majestad, como tiene declarado la ley la. título 18 libro 8 de la
            nueva recopilación. A dicho Francisco Tupa Amaro, a más del delito de lesa
            majestad, se le agrega el de homicidio, que consta por las declaraciones de fo-
            jas 11, que en la de don Francisco Cisneros se dice haber hecho cinco muertes,
            y en la de Manuel Galleguillos haberle oído al mismo reo que mató a tres, sin
            que sirva de embarazo el que ambos delincuentes estén de negativa en algunos
            puntos, y que los otros los intenten desvanecer con subterfugios, con eviden-
            cias falsas, como son el miedo que aparentan le tuvieron al rebelde por los
            daños que se les seguirían, y que el Marcos de la Torre fue con el pretexto de
            auxiliar a Francisco Tupa Amaro por entregarlo, y que de facto lo prendieron
            porque lo entregó, pues todo lo contrario consta de todas las declaraciones y



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