Page 358 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            entreguen libres conforme a los inventarios. Por tanto:
                    A vuestra señoría pido y suplico que habiendo por presentada la infor-
            mación, se sirva proveer y mandar como llevo expresado, por ser de justicia
            que pido, y para ello etc.


            Doña Antonia Páucar
                  (firmado)

            [Se ordena levantar el embargo trabado. Abril 11, 1781].


                    Cuzco y Abril 11 de 1781.


                    Por presentada la información, declárase bastante, y en su consecuen-
            cia álcense los embargos de los bienes traídos a este cuartel y que constan por
            el inventario de fojas (en blanco), otorgando esta parte el correspondiente re-
            cibo.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)


                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)

            [Ventura José Chillitupa pide se levante el embargo de ganado].

                    Don Ventura José Chillitupa Bustinsa Inca, alférez real de los incas no-
            bles de esta ciudad por Su Majestad, como más haya lugar en derecho, digo: de
            orden de vuestra señoría se embargaron doscientas sesenta y cuatro cabezas
            de ganado ovejuno y nueve terneras, presumiéndose fuesen bienes de doña
            Antonia Páucar. El dueño legítimo de dicho ganado es en el día don Jacinto
            Inquiltupa, cacique de la parroquia del Hospital de naturales de esta ciudad,
            quien debía trescientos borregos de antemano, los mismos que entregué de
            orden del señor comisario de guerra don José de Lagos, por lo que se secues-
            traron dichas cabezas de ganado en pago a la comisaría para el bastimento de
            ella, por convenir así hanse cargo de cuenta más que debo dar a dicho señor
            comisario. En cuyos términos:





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