Page 65 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            de cuanto en ellos hallase, lo mismo decía por los conventos de religiosos; y
            que cuantas rentas y haciendas tuviesen, habían de correr por propias de él,
            y como tiene dicho, mantenerlas por su mano; y que a los clérigos les había
            de destinar donde él gustase y poner a los que no obedeciesen en un colegio
            por toda su vida. Que a los europeos que no quisiesen irse para su tierra, los
            había de poner como religiosos en la Compañía, y hacer que se ejercitasen en
            algún trabajo que él les pondría, y recogiendo cuanto caudal hallase los ha-
            bía de mantener·por su mano, pero a los corregidores aunque fuesen pasados
            los había de guindar. Que su palacio había de hacer, o en dicho colegio de la
            Compañía o en San Borja, y que de allí había de imponer sus leyes, y esto no
            solo lo dijo una vez, sino varias; y especialmente fue a Tinta en compañía del
            confesante, que habiendo hallado varios tomos de libros de leyes le dijo; aquí
            he encontrado una cosa buena, y diciéndole esto al rebelde le preguntó éste
            que qué era, y le respondió el confesante: unos bellos libros de leyes, a lo que
            le respondió dicho Tupa Amaro como enfadándose: qué está vuesa merced
            con leyes, esos libros no sirven sino para hacer empanadas o bizcochuelos, yo
            he de imponer unas leyes fuertes. Que decía que en cada pueblo había de poner
            un gobernador que recaudase los tributos, y se los remitiese a esta ciudad, y que
            asentando sus leyes había de bajar a la ciudad de Arequipa y hacer lo mismo en
            ella; que después de conquistar su banda a Arequipa había de pasar a Lima, la
            que tenía por suya entrando a ésta ciudad; refiriendo al mismo tiempo, que tenía
            noticia tiempo há que un Francisco Catari había tomado la empresa misma que
            él; que si éste buenamente no quisiese partir el reino con él, que también le daría
            guerra; que todo esto lo dijo muchas veces en presencia de Felipe Bermúdez,
            Mariano de la Banda, Andrés Noguera, Antonio Bastidas, Diego Verdejo, Diego
            Ortigoza y otros. Que también le oyó decir no había de haber abogados ni cár-
            celes, que solo había de poner dos horcas y a los delincuentes los había de colgar
            en el instante que los apresase; que había de hacer condes, duques, marqueses y
            había de imponer autos; que a los que tuviesen algún delito menor los había de
            castigar colgándolos de un pie en la horca por las horas que mereciesen, y que de
            este modo había de quitar pleitos y escribanos. A fojas 24 dice las prevenciones
            que hacía el rebelde de pólvora y balas. Todo lo que consta de la citada confesión
            de Juan Esteban Escárcena a cuyos autos me remito, y de que certifico.


            Manuel Espinavete López
            (firmado)



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