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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
el cumplimiento del auto anterior dicho señor comisionado mandó combo-
car a son de campana tañida a la comunidad de monjas de él; y haviendose
juntado en la portería reglar se les leyó el contenido del referido auto; a cuio
tiempo presentaron las contenidas monjas de madres su Priora, ex-Priora y de
Consejo un escrito de suplica como igualmente la reverenda madre Maria de
la O ex-Priora y Presidenta actualmente nombrada presentó otro escrito de
renuncia, los quales mandó su señoría, que despues de ponerse el cargo de su
presentasion se pusiese en los autos para que su señoría el señor Governador
Provisor y Vicario general determinase y lo firmó de que damos fe.— Doctor
Antonio Rodríguez de Olivera.— Ante nos.— Melchor Ayesta Notario Publi-
co.— Pedro Nolasco de Pineda Notario Publico.—
(Al margen: Cargo).
En veinte y uno de junio de mil setecientos ochenta y seis, se presentó
este escrito a horas de las nuebe del día.—
(Al margen: Petision).
Señor Governador Provisor y Vicario general.— La madre Maria de
la Consepcion Rivadeneyra actual Priora de este combento de Nuestra Madre
Santa Cathalina de Cena; digo que el dia sabado que contabamos dies y siete
del mes que corre hallando que en la certificacion, que el Notario maior me
dio de la eleccion canonica; que esta Comunidad hiso en mi no se daba rason
expresa de que vuesa señoria a presencia de los señores adjuntos aprobó y
confirmó la eleccion con invocasion de las tres divinas personas entregando-
me despues que la comunidad me rindio obediencia, el libro de constitusiones
y llaves del combento solcité ante vuesa señoría certificase éste mismo, a lo que
no se devia negar puesto que me encargo la obcerbancia de las constituciones
y buen regimen de la comunidad y que fecho certificasen lo mismo los señores
doctor don Francisco Xavier de Aldasaval Canonico Magistral y el doctor don
Miguel Chirinos no menos que el notario mayor doctor don Matias de Ysunsa
expecificando si en efecto fue la eleccion quieta y pasifica, con lo demas que
signifique; y respecto de que en los días que han mediado con grave perjui-
cio mio de lo que verdaderamente pasé y de la acreditada conducta de vuesa
señoría no se ha hecho cosa alguna ni se a dado orden para la verificacion de
esta tan justa presentasion. Ocurro a vuesa señoría para que se digne mandar
y determinar darme y que se me den las relatas certificasiones sin perdida
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