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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            de haverse recivido por el año de mil setecientos ochenta de gobernador de la
            provincia de Paucartambo don Pedro Flores Cienfuegos en la Sala Capitular
            de este Ayuntamiento como es de costumbre, a quien fui acompañando a su
            avitacion en consorcio de los que concurrieron en este acto hallando opor-
            tunidad dicho señor arsediano pues ocupava una vivienda en la misma casa
            del ospicio qual es la de don Manuel Ruis Pancorbo se insinuo conmigo para
            que de facto firmase el ymforme sitado a cuia suplica coadiubó don Sebastian
            Jose de Ocampo que estava de alcalde ordinario de segundo voto, de modo
            que viendo otras firmas de algunos señores capitulares que me preseden por
            antiguedad, puse yo la mía en el predicho informe y a la verdad no me acuer-
            do fixamente su contexto solo si hago reminisencia de que en una clausula
            pondera sus sermones doctrinales atribuyendose por ellos merito personal.
            Que en la realidad conbine en el ruego ya por lo que llevo expuesto y ya por
            evitar qualesquiera resultas en lo posterior de aquellas que suelen traer los
            sentimientos de los que se interesan importunamente en semejantes negocios:
            Que el presente no se trató ni confirio en el cavildo anticipadamente, y que
            no me consta que se huviere formado dicho informe por capitular alguno de
            los que se suelen haser cargo, por recomendacion del aiuntamiento y por eso
            infiero que lo huviese decho el mesmo pretendiente, y como tengo insinuado
            recojio las firmas de los vocales que asistieron en dicha resepcion menos la del
            señor veinte y quatro doctor don Francisco Xavier de Olleta que se salio de
            dicha vivienda y aunque le instó dicho señor arsediano a que volviese a entrar
            a ella, se escusó dicho señor veinte y quatro diciendo que estava indispuesto,
            y se fue. Esto es lo que presedio en ese entonses para precaver otros susesos
            de igual especie se ha acordado en el cavildo que no se firme imforme alguno
            por este respectable cuerpo, a menos de que el que lo pidiese aunque sea sujeto
            de la maior graduacion no se persone primero y presente documentos deno-
            tativos de sus servicios y meritos y estos se examinen prolixamente sobre que
            ha fincado sus digtamenes el referido señor Regidor Doctor don Francisco
            Xavier de Olleta con loable objeto. Y asi finalisó esta certificacion que la doy
            en quanto puedo y me es permitido por derecho. Cuzco y Octubre veinte de
            mil setecientos ochenta y tres.— Jose Miguel de Mendoza.—
                    (Al margen: Otro oficio a don Francisco de Olleta Regidor del Cuz-
            co).— Señor Regidor Doctor don Francisco Xavier de Olleta.— Mui señor
            mio. Hallandome informado que a nombre de ese ylustre Cavildo Juzticia y
            Regimiento se firmó a peticion del arsediano don Simon Ximenes Villalva un



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