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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            ninguna linea. Y responde a la segunda dijo que es cierto que Lorenzo Farfan
            fue hermano de padre y madre del declarante pero que de ninguna manera fue
            pariente de su señoria ylustrissima por parte alguna, y por consiguiente nunca
            se trataron, ni podian haverse tratado por tales, antes bien su señoria ylustris-
            sima jamas lo conozio a dicho Lorenzo por que este como fatuo y simple que
            hera, siempre estaba metido en su azienda y juia de la gente sin conversar con
            la que hera de alguna suposizion, ni áun al mismo declarante lo visitaba. Y
            responde. A la terzera dijo que por consiguiente el expresado Lorenzo nunca
            tubo trato ni comunicazion con su señoria ylustrissima antes de la revelion
            en el tiempo que duro ésta, posteriormente, ni jamas. Y responde. A la quarta
            dijo que igualmente es cierto que su señoria ylustrissima en ninguna ocasion
            conozio, ni aun de vista al citado Lorenzo, ni menos supo que hubiere tal
            yndibiduo en esta ciudad y en su obispado; pues es regular que quando lo
            hubiese conozido, hubiese savido el declarante. Y responde. A la ultima dijo
            que es verdad que su señoria ylustrisima aun no conozio al declarante antes
            de los movimientos de rebelion que se menzionan en la pregunta; por que
            quando llego su señoría ylustrissima a esta ciudad, ni aun vajo el declarante a
            darle la obediencia por no desamparar su doctrina, y assi solo se la rindio que
            quando sucedieron los mencionados movimientos, con notizia que tubo el
            declarante, de que su hermano se havia presentado a la carzel, y que el asesor
            nombrado en la causa era el Doctor don Franzisco Xavier de Olleta, enemigo
            capital notorio de su cassa, pidio el declarante expressa lizenzia a su señoria
            ylustrissima para vajar a esta ciudad con el objeto de recusar a dicho asesor;
            que se la conzedio; y entonzes fue la primera vez que su señoría ylustrissima
            vio, y conozio al declarante. Y responde. Que esta es la verdad de lo que save,
            y puede declarar vajo del juramento que fecho tiene en que se afirmó, y rati-
            ficó y lo firmó con su señoria de que doy feé = Doctor Jossef Perez = Antonio
            Santiago Farfan de los Godos = Ante mi = Doctor Matias de Ysunza = Notario
            Mayor.


                    (Al margen) Otra
                    En dicha ciudad en veinte y uno del mismo mes y año. Para el menzio-
            nado efecto, mandó su señoría comparezer al Lizenciado don Vizente Farfan
            de los Godos clerigo presbítero a quien le recibio juramento que lo hizo in
            vervo sacerdotis tacto pectore, so cuio cargo prometio dezir verdad sobre lo
            que supiere y fuere preguntado y siendolo al tenor del ynterrogatorio de fojas



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