Page 34 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
                                                            La defensa del obispo Moscoso: Cargo 1º
            mismos fines a que se halla destinado el herario real que es la causa comun
            siendo esta un motivo que sin recelo alguno nos hace decir que las reales alca-
            balas, los tributos y demas penciones sobre el oro y la plata que deben quitarse
            agregandose otras equibalentes contribuciones tienen objeto mas importante
            y mas obligatorio a su cumplimiento que las mismas convenciones de persona
            a persona por que ésta son a favor de particulares, y aquellas se den en venefi-
            cio comun de la nacion cuia estabilidad, buen orden y onor prefieren a las
            utilidades pribadas de los mienbros, ni estos lograrian felicidad y fortuna si a
            costa del real patrimonio y maiorasgo en cuia clase entran todos los derechos
            del Rey no se tomasen providencias para que manteniendose el cuerpo del
            reyno subsistan las partes; sin estos auxilios abria comercio? Se podrian man-
            tener armadas que defendiesen nuestros establecimientos, y haciendas? Ha-
            bria sueldos de que subsistiesen los que administran justicia? Se dotarian ygle-
            sias para el mas decente culto divino: podrian rentarse prevendados y curas y
            se lograrian otras inumerables justas disposiciones que pide la economía del
            reyno a costa de un consumo necesario de inmenso dinero? Esta causa publi-
            ca es la que apoia el dominio alto de los reyes en los caudales de los vasallos
            para disponer de ellos aun en maiores cantidades de las que al presente se
            pagan quando los necesita el comun de la monarquia, y al mismo tiempo jus-
            tifica mas inpociciones ordinarias y antiguos derechos del Estado. Ynjusticia
            seria negarse a esta deuda cuia retencion es un reato perpetuo sugeto siempre
            al mas riguroso cargo de una legitima restitucion: Pues que Jesuchristo predi-
            có alguna doctrina contraria en este articulo? No mandó que se diera a Dios
            lo que era de Dios y al Cesar lo que era del Cesar? Todos los vienes que ai en
            el mundo son de Dios y con todo parece que en cierto sentido separó de Dios
            lo temporal para concederlo al Cesar tanto quiso recomendar los derechos del
            Rey? Y qué diría viendolos sobre atenuados usurpados? Todo lo mira aquella
            invencible justicia y recervara el castigo de aquellos que lo merecen para el dia
            en que se descubren las verdades en toda su estencion: Ocuparíamos muchas
            paginas para demostrar segun todo su merito este punto, y crecería notable-
            mente este corto volumen de esta nuestra exortacion, si empeñásemos la plu-
            ma en manifestar la rason por que deven ser ovedezidas y acatadas las reales
            justicias y los suvalternos del gobierno; pero esta obligacion es un principio
            incontextable que no necesita de prueba. El es conocido entre las naciones
            mas barvaras y deve serlo por mexores causas en un reino culto y christiano
            que advierte la sugecion a los magistrados como fuente y origen del buen



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