Page 246 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
                                                           La defensa del obispo Moscoso: Cargo 10º
            fuese necesaria qualquiera juridica deposicion o ratificacion de lo dicho la
            executare gustoso vajo la misma religion del juramento.— Nuestro Señor
            guarde a vuesa señoría ylustrisima muchos años. Lima quatro de septiembre
            de mil setecientos ochenta y cuatro.— Ylustrisimo señor. Besa la mano de
            vuesa señoria ylustrisima su atento servidor y reberente capellan.— Jose Cal-
            deron.— Ylustrisimo doctor don Juan Manuel Moscoso y Peralta. Testado:
            A.— Enmendado: mos: vale.
                    Concuerda con el oficio y respuesta original de su contexto que queda
            entre los papeles de mi cargo con los tres anteriores de que consta este testi-
            monio a que me refiero y de que certifico.— Lima y abril cuatro de mil sete-
            cientos ochenta y cinco.


                    Doctor Antonio de Bustamante Secretario (Rubricado).


                     (Al margen): Oficio de don Eucebio Balza de Berganza a don Vizente
            de la Puente.
                    Mui señor mio: Esta mañana recibi un oficio de usted pero sin la carta,
            que segun su contexto debio acompañarle en él, despreciando las poderosas
            razones, que con la debida atencion le hice presentes en el exorto y los mios
            de veinte y nueve del pasado y dos y cinco del corriente, se niega usted a
            remitirme la sumaria que ha recibido sobre los alborotos ocurridos en este
            pueblo, significando la va a dirigir al ylustrissimo señor obispo: Suponiendo-
            me juez incompetente para demandarla desnudo de sagacidad para proceder
            en el asunto: que he pisado la jurisdiccion eclesiastica: y ultimamente que soy
            iracundo y enemigo de usted por la denegacion del auxilio de la real justicia
            que pidio para seguir criminalmente dicha causa.— Muchos son a la verdad
            los agravios que con estos temerarios supuestos infiere usted a la real jurisdic-
            cion que exerzo y de tanta gravedad, que si no estuviesen escritos de su puño
            dudara que usted fuese el autor de ellos. Pero por si acaso preocupado no los
            alcanzó al tiempo de estamparlos, permitame usted le advierta los que en mi
            concepto son mas remarcables, a fin de que otra vez aprovechandose mejor de
            su gran prudencia y talento dirija con mas pulso la pluma.— El primer agra-
            vio es conceptuarme juez incompetente para demandar la atentada sumaria
            practicada por usted contra este vecindario con motivo de los excesos que
            tumultuado cometio los dias trece y veinte y siete del mes antecedente por que
            no debe ignorar que siendo tan criminal el negocio le es prohibido a usted por



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