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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            los demas, ofreciendole de su parte que haria las diligencias correspondientes
            para que sesasen las obstilidades que expresaba, y que despues de reconocerle
            arrepentido pues asi lo demostró con palabras, lagrimas y signos claros, le
            bolbio a preguntar el padre comfesante si quería que diese noticia al señor
            corregidor y al yllustre Cabildo de esta ciudad de la resolución que tenían
            para que se tomasen las medidas correspondientes a serenarles, y que tubiese
            entendido que de ninguna suerte lograrian su proposito y que serian casti-
            gados con el rigor de las leyes por vasallos desleales, sobre que le hizo otras
            reflexiones adaptables al caso con moderacion tanta qual pide su estado. Y que
            el dicho penitente contrahido a las razones que le insinuó el padre declarante
            manifestandose mas arrepentido, le dio licencia y facultad al padre declarante
            para que hiciese en todo lo que fuese mas combeniente y le dejó la comfesion
            abierta, aconsejándole tambien para que no dejase a sus compañeros suspica-
            ses, por que le dijo el penitente que havian hecho pacto juramentado de no
            denunciarse con pena de la vida. Y que en consecuencia de dicha licencia y
            facultad que le dió el penitente, pasó a darle aviso de lo que lleba insinuado
            a su merced el señor corregidor, y lo ejecutó tambien oy día de la fecha en
            presencia del yllustre Cabildo de esta ciudad para que con acuerdo formal en
            negocio tan critico y circunstanciado determinase lo que fuese mas favorable
            al beneficio de la republica, y que se dirigiese a publicar por bando la reforma
            de la aduana, por aquellos medios mas conformes al servicio de ambas ma-
            gestades, y que el penitente por presepto que le impuso el padre declarante
            ha continuado en verle todos los dias subsecuentes al que lleba citado, y lé ha
            oído sub cigilo confesionis de que ha dado parte a su merced dicho señor co-
            rregidor para su govierno, de manera que el penitente le ha comunicado, que
            si se publica dicho bando quedará todo lo premeditado sin efecto alguno, por
            un papel que se pondrá en las puertas del Cabildo se dara prueba evidente de
            que ya no piensan en ello y de quedar agradecidos el penitente y sus socios al
            padre declarante, y que lo deveran estar los sugetos a quienes intentan quitar
            las vidas, incluyendose en estos no solo los ministros de la aduana, el señor
            corregidor, los señores capitulares y principales de la ciudad, sinó tamhien
            los europeos y criollos españoles. Por todo lo qual el padre confesante se ha
            espuesto en cumplimiento de su obligacion a hacer dicha declaracion, aunque
            con detrimento de su vida, y que aun asi está el padre declarante espuesto a
            perderla sin moberse de la ciudad hasta que consiga lo que desea, dando-
            se parte a la superioridad, y que está pronto a practicar todo lo demas que



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