Page 238 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Volumen  3
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            lo qual es mas de reselar por la presición de dirijir el viaje por tierra y la
            conducción por lugares de forzoso tránsito donde se teme fundadamente
            tenga el alzado puestas espias y número cresido de jente para su detención y
            pillaje especialmente de los que pertenesen a la Provincia de Caylloma que
            por las noticias mas uniformes se cree ya por el usurpada. Debiéndose
            igualmente tener presente la justa sospecha de que pueda saber Tupa Amaro
            el dia fixo de la salida del caudal. En atención a estas consideraciones, y con
            presencia de la Real Orden General de Su Magestad prohibitiba de sus remesas
            por mar de ssus caudales la cual salbo su respeto, se contempla no llebará a
            mal su superioridad, no se obserbe en un caso de tan extraordinarias
            ocurrencias que acaesen en Pais tan distante. Acordaron se aprobeche la
            ocasión que se presenta del Nabio de la Consepción surto en el Puerto de Ilo
            prosedente de Guayaquil, y que en estos términos el Señor Corregidor escriba
            carta orden al Capitán y Maestre de dicho Nabio para que pase al puerto de
            Aranta y si se propasase al de Quilca a resibir el referido caudal aprecibiéndole
            a la responsabilidad de perjuicios para en casso de su inobediencia procurando
            los Señores Oficiales Reales aprontar el caudal existente, y nombrar para su
            conducción sujeto de conosido abono y de las mas seguras fianzas.— Y lo
            último que por tierra se despache en el día de mañana un pronto abisso a la
            Capital de Lima dándose el correspondiente a su Excelencia y al mui Ilustre
            Señor Visitador General de todo lo acontesido impendiéndose de cuenta de
            su Majestad el costo del propio que deberá consumirse en el viaje siete dias o
            medio mas y con esto se concluyó dicha Junta de Guerra que firmaron sus
            señorias y los demás que en ella concurrieron. Y en este estado añadieron que
            siendo por una parte indispensable procurar la maior defenza de esta ciudad
            y por otra justa no se gaste del Sagrado Ramo de la Real Hacienda mas de
            aquello que sea inexcusablemente presivo el Señor Corregidor sin embargo
            del Plan de Tropa que se ha considerado combeniente a salariar arbitrará
            según las ocurrencias subsesivas los medios mas oportunos para que sea
            menos considerable el dispendio del Real Herario sin perjuicio de la debida
            seguridad.—  Don Baltazar  Sematnat.—  Ambrosio  Zerdán  y  Pontero.—
            Domingo Guerrero Marnara.— Manuel Flores.— Don Francisco Corzo.—
            Antonio Gonzalez.— Agustín de Torres.— Francisco Xavier Menendez.—
            Domingo de Benavides y Moscosso.— Don Manuel Jose de Benavente y
            Moscosso.— Doctor Juan Jose García de Larrea.— Ambrocio Ramirez
            Zegarra.— Juan de Dios Lopez del Castillo.— Lucas de Ureta y Peralta.—



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