Page 237 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Gentes deba ahora reportarse igual exorto a dichos señores corregidores para
que las tengan prontas para el primer abisso a fin de que unidas las fuerzas,
pueda hasersse una fundada resistencia y desbaratar los iniquos proiectos que
tiene el perberso Tupa Amaro de apoderarse de esta ciudad y de todas las
Provincias confinantes del Reyno y que en su virtud para probeer estas gentes
de las Armas necesarias en la urgencia presente se pasen los Oficios
correspóndientes a los Señores Corregidores de las ciudades de Ica y Arica
para que probean con algunos fusiles la actual urgencia y tambien con algunos
pedreros si las tienen.— Lo décimo que padeciendo esta ciudad total falta de
pedreros para hacer una regular defensa en continjencias de la presente clase
se hace indispensablemente necesario el que se trate de probeerla de ellos y
con cuyo objeto fué deliberado el que existiendo en la Torre de la Iglesia del
que se llamó Colegio de la Compañía extinguida algunas campanas rajadas se
dediquen estas al destino importante de que se combiertan en pedreros
haciendose las correspondientes fundiciones y en casso nesesario se pida del
venerable Dean y Cabildo de la Santa Iglecia Cathedral de esta ciudad una que
tienen rajada: Y que sin embargo de ello por la continjencia que hay del acierto
de las tales fundiciones por no tenerse certeza de la pericia de los operarios se
piden algunos cañones de campaña de la capital de Lima Y en ese punto
fueron algunos de pareser que no se fundan en esta ciudad y se pidan a su
Excelencia de cuio dictamen fueron igualmente el dicho Señor Doctor Don
Ambrosio Zerdán y el Señor Corregidor. Lo un deximo que teniéndose
entendido que el consepto de haber en la Real Caja de esta ciudad un gran
cuerpo de caudal perteneciente a Su Magestad ha de ser un mobil el mas
principal que arrastre al perberso Tupa Amaro al designio de entrar en esta
ciudad según lo ha expresado y que tal bez podrá conseguirlo a eficacia de sus
maiores fuerzas. Es mui combeniente que se remita dicho caudal a la de Lima
que dando de esta sesenta mil pesos en dinero para subvenir a las presentes
urgencias vajo del presupuesto de que en casso que no sea suficiente habrá de
recurrirse a los caudales que se espera bengan de Arica, Moquegua, y Chucuito
y al existente en la Real Renta de Tabacos. Y respecto de que esta importante
remeza no es conveniente se practique por tierra en la dilatada carrera que
media de esta ciudad a la de Lima y en cuio intermedio es mui de tener sea
intersertado tan recomendable caudal por dicho Tupa Amaro que se sabe
tubo la mira de haserse dueño de aquel que se trasladó a esta ciudad del
Asiento de Caylloma como hubiera susedido en el casso de permaneser en el,
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