Page 98 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
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            la primera, porque de otra suerte no pueden cumplirse. No se puede en la actuali-
            dad verificar la mita en la séptima parte, porque apenas hay esta parte de la sépti-
            ma como se podrá probar con poca diferencia, respecto de Indios originarios y en
            la competente edad para poder sostener el trabajo de la mita, que debe reducirse
            según su número al tiempo del «repartimiento» conforme a la Ordenanza.
                    El Corregidor de la Provincia que ve y experimenta la disminución y la
            dificultad que cuesta haber de enterar los Caciques dicha mita, no dejaron de
            informar siempre que se tenga por necesario. La distancia es un inconveniente
            gravísimo, más de doscientas leguas de jornada y otra tantas de vuelta ocupan
            gravemente la consideración de la lástima, y hacen demostrable el inconveniente
            de la desolación de los Pueblos como la experiencia lo califica. Despídense o para
            morir, o para no volver más a su Patria; venden sus chozas y sus muebles con unos
            pasajes dolorosos por la contracción de voluntad que tiene el Indio a su pueblo, a
            sus muebles y a sus animales. Cargan con sus mujeres y sus hijos, y ya con sólo un
            indio mitayo sale del Pueblo una familia entera que podía propagarlo; así entran
            en un camino de más de doscientas leguas de asperezas, de ríos, cordilleras y de
            punas, que si a la ida lo pasan mal a la vuelta lo pasan, peor si ellos como regular-
            mente sucede no cautelan el trabajo con quedarse, y no volver.
                    Si en tiempo en que eran indispensables las mitas por la inopia de trabaja-
            dores se atendía más a la conservación de los Indios, es ahora superior a la razón
            cuanto las labores son menos, y es abundantísimo el número de trabajadores de
            que ha crecido el asiento de Potosí, para que aún esta distantísima provincia (de
            Canas y Canchis) no estuviese tan indigente de Indios, se le relevase de dicha mita
            conforme al expreso literal contexto de dichas Reales Ordenanzas; que, contraídas
            al caso presente, opten los mineros trabajar sus minas con los muchos Indios que
            se han .reducido y situado en el Cerro de Potosí que voluntariamente se alquilan,
            cesando así el inconveniente de la falta de operarios que hizo forzosa en los pri-
            meros tiempos, la mita. Bien conocen los mineros esta razón, pero quieren los
            mitayos porque los tratan más que a esclavos; porque les pagan menos, y porque
            al pretexto de los privilegios de mineros y por aparentar perjuicios en la extrac-
            ción de los metales conservan la mita; para abusar del trabajo de los Indios, y
            aunque las Provincias se aniquilen en daño y menoscabo de los Reales Haberes
            de Su Majestad en los innumerables tributarios que pierde. Tan poseídos están
            los mineros de pronta contribución de la mita que teniendo obligación de pagar
            la ida y vuelta de los mitayos que llaman leguaje, en nada menos piensan que en
            cumplirla, tanto que por este Superior Gobierno, en decreto de 25 de Agosto de



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