Page 101 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            se dignare hacer sea con la calidad de que el provisto haya de prestar su consenti-
            miento para la division del Obispado si V. M. la determinare.
                    Supuesto lo referido, y (h) aviendo considerado la Camara los sugetos que
            pueden ser mas á proposito para exercer esta Prelacia, propone á V. M. los que se
            contienen en las Relaciones adjuntas por el orden y graduacion siguiente


                    En primer lugar
            Dn. Phelipe del Arco Al Maestro Luis de Velasco, del Orden de San Francisco, ex-
            provincial de la Provincia de Cantabria.
            Dn. Marcos Ximeno Al P. M. Agustin de Torres, exprovincial de las dos Castillas.
            Dn. Manuel Sanz de Casafonda Al Dr. Dn. Francisco Matienzo Bravo del Rivera
            Dn. Phelipe Santos Dominguez Al Dr. Dn. Juan Manuel de Moscoso y Peralta,
            Obispo del Tucuman.


                    En segundo
            Dn. Phelipe del Arco Al Dr. Dn. Miguel Josef Riblos, de la Yglesia de Buenos Ayres.
            Dn. Marcos Ximeno Al Dr. Dn. Mathias Rodríguez de Tapia.
            Dn. Manuel Sanz de Casafonda Al Dr. Dn. Antonio Gonzalez Pabon.
            Dn. Phelipe Santos Dominguez Al Dr. Dn. Joachin de Carbajal y Bargas.


                    En Tercero
            Dn. Phelipe del Arco Al P. M. Antonio Renato Trinitario, calzado, y Cathedratico
            de Theologia de la Universidad de Salamanca.
            Dn. Marcos Ximeno Al Dr. Dn. Oscar del Castillo.
            Dn. Manuel Sanz de Casafonda Al Dr. Dn. Francisco Ramirez de Balmaceda, Ar-
            cediano de Guamanga.
            Dn. Phelipe Santos Dominguez Al P. M. Bernardo de P. y Valdes del Orden de San
            Francisco.


                    De estos, ó de otros eligirá V. M. el que fuera mas de su Rl. agrado. Madrid
            21 de Febrero de 1778.



                    De Oficio            a 21 de Febrero de 1778.
                                         Acordada en 18.





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