Page 830 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
Asuntos económicos
se previene en el Decreto que antecede, y en virtud de su voleta que se halla
unida de estos autos, a la que me remito. Cusco, Septiembre 15 de 1781.
Joseph de Palacios.
Por este me constituio por fiador de Don Gregorio Salas, por las piezas
de plata labrada que aora se le ha de entregar a su esposa Doña Juana Caseres
para las resultas, que en lo sucesivo puedan ocurrir de acreedor de mejor
derecho a dichas especies, y que estoy pronto a otorgar la correspondiente
escritura. Cuzco y Septiembre 13 de 1781.
Isidro de Aragón.
Cuzco y Septiembre 20 de 1781.
Entregue al depocitario las especies que esta parte justifica ser de su
propiedad, con la cuenta y razón que corresponde y su respectivo recivo.
Lagos.
Reziví una Fuente de Plata, dos platillos, dos mates una manzirina,
y una olla grande todo de plata con el peso de 86 marcos, 3 pesos, y una
palangana, y un calentador y dos vasinicas, item he recivido del peritario
Don José Villalba seis cortinas de Granilla dos faldellines nuebos de bayeta de
castilla guarnesidas con cintas y sus banderas una chupa de terciopelo carmesí
guarnecida con franja de Plata y para que conste lo firmé en 20 días del mes de
Septiembre de 1781.
Gregorio de Salas.
Ittem mas he recibido dos piezas de Plata labrada con el peso de cinco
libras quatro pesos, que con las quarenta y tres libras de arriba, y tres pesos
hacen quarenta y ocho libras y siete onzas, también he recibido una colcha de
Damasco. Cuzco y Enero 17 de 1782.
Gregorio de Salas.
Don Miguel Collado.
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