Page 828 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
P. 828

Volumen 2
                                                                         Asuntos económicos
            tenor del escrito presentado dijo: Que con motivo de que el declarante venía
            conduciendo lanas del Collao a la Hacienda de Don Gregorio Salas nombrada
            Pircococha, y ha estado en ella un mes y otras veces dos, y mas tiempo conose
            la plata labrada que este tenía, y demás vienes suyos; y haviendo sido llevado
            por el que le presenta a la Comisaría de Guerra para el efecto de reconocer
            dichos bienes distinguió el declarante por las marcas y demás señales varias
            piezas de plata labrada que se hallan separadas en dicha comisaría de Guerra,
            con mas uno o dos faldellines de muger, y unas cortinas de granilla que eran
            del adorno de la vivienda del citado Salas. Y que esta es la verdad, y lo que save
            bajo del juramento que ha prestado, y en la que se afirmó y ratificó siéndole
            leida esta su declaración, dijo ser de edad de treinta, y ocho años y que no le
            comprehenden las generales de ley, y la firmó de que doy fe.— Juan Pablo de
            Caceres.
                                                                    Joseph de Palacios.
                                                              Escribano Real y Publico

                    Incontinenti presentó la parte por testigo a Don Miguel Julian de
            Caceres, vecino del Pueblo de Levitaca, Provincia de Chumbivilcas de quien
            en virtud de la comisión a mi dada le reciví juramento, que lo hizo por Dios
            Nuestro Señor y una señal de Cruz según forma de derecho, prometiendo decir
            verdad en lo que supiere y fuere preguntado, y haviéndolo sido por el tenor del
            escrito presentado dijo: Que es cierto que el traydor Tupac Amaro saqueó y
            destruyó la Hacienda de Pircococha propia de Don Gregorio Salas, de modo
            que la dejó impocivilitada, y del todo quebrado al dueño de sus intereses, y
            como es vecino el declarante de dicho Pueblo de Livitaca en cuia jurisdicción
            está cituada la dicha Hacienda, ha frecuentado, por la intima amistad que
            tiene con el referido Salas, y con este motivo conoce todos sus vienes, y plata
            labrada de su uso, y las veses que al que depone se ha ofrecido alguna Linción
            siempre se le ha prestado, y ha manejado por lo que aora a vuelto a reconocer
            en la Comisaría de Guerra varias piezas de dicha Plata Labrada por sus marcas
            y otras señales que se hallan separadas, y dos faldellines de muger con unas
            cortinas de granilla, que eran del adorno de la habitación del referido Salas.
            Y que esta es la verdad so cargo del Juramento que ha prestado; y siéndole
            leida esta su declaración en ella se afirmó y ratificó, dijo ser de edad de veinte
            y sinco años y que no le comprehendian las generales de la ley la firmó de que
            doy fee.-



                                               827
   823   824   825   826   827   828   829   830   831   832   833