Page 713 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Los mismos seis mil doscientos cinquenta y seis pesos tres y
medio reales que se relacionaron al principio de esta partida por
gastos de la referida tersera Compañía de la Villa de Moquegua
en la forma que se ha demostrado y resulta de los documentos
que se han acompañado cuya cantidad se saca al margen inte-
rior por que es parte de la veinte y sinco mil pesos anunciados
en la caveza de esta partida y completan el total cargo de esta
cuenta los que se trata de reunir en ella para sacarla integra a
la columna principal donde corresponde por que no es en otra
manera divisible sino en la que se ha observado 6,256.3 ½
Quatro mil doscientos noventa y quatro pesos dos y medio reales a
que igualmente asciende el gasto causado por la primera compañía de cavalle-
ría de la Villa de Moquegua, cuyo capitán fué Don Marcos Josef de Venavides
y Vilches la que higualmente que las anteriores caminó a la expedición desde
el mez de Noviembre de setecientos ochenta y uno, hasta Abril de setecientos
ochenta y dos. Como consta de seis revistas e higual número de ajustamientos
que en diez foxas útiles se acompañan al número veinte y quatro por compro-
vante de esta partida, cuyo por menor con arreglo a los citados documentos
y con la correspondiente distinción del gasto causado en cada uno de ellos, es
en la forma siguiente:
Primera revista que comprehende varios días que terminan en fín de
Noviembre de setecientos ochenta y uno por la deferencia de distancias de
donde procedían los Individuos de la expresada Compañía que venian a unir-
se en la citada Villa de Moquegua en cuyos diferentes tiempos devengaron
setecientos un pesos, seis reales de sus sueldos que por menor con arreglo a la
revista y ajustamiento respectivo se demuestra a sáver
Por el sueldo del citado Capitán Don Marcos Josef de Venavides en
onze días desde veinte de Noviembre hasta treinta del mismo en el
año de setecientos ochenta y uno a razón de quarenta pesos men-
suales de su dotación 014.5
Por Idem del Teniente Don Manuel de Bargas en los treinta y seis días
corridos desde veinte y cinco de Octubre de ochenta y uno hasta treinta
de Noviembre del mismo a razón de veinte y cinco pesos al mez 029.1
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