Page 711 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
P. 711

Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            presente por el Ministro respectivo, para sacar la resulta líquida que corres-
            ponde.
                    Sexta y última revista que comprehende veinte y quatro días los pri-
            meros del mes de Abril en cuya fecha entraron en dicha Villa de Moquegua
            los individuos de esta compañía de regreso de la expedición para dejar las ar-
            mas y restituirse a sus domicilios haviendo devengado con sus sueldos en los
            referidos dias la cantidad de seiscientos quarenta pesos seis reales, cuyo por
            menor con respecto a la revista y ajustamientos correspondientes que se han
            acompañado en la manera siguiente.


             Por el sueldo del Capitán en los referidos veinte y quatro días a ra-
             zón de quarenta pesos mensuales                                  052.
             Por Idem del Sub teniente en el mismo tiempo a razón de veinte
             pesos al mez Idem                                                016.
             Por Idem de dos Sargentos en el referido tiempo a razón de siete
             reales diarios cada uno                                          042.
             Por Idem de quatro cavos en el mismo tiempo al respecto de seis
             reales diarios cada uno                                          072.
             Por Idem de veinte y siete soldades en higual tiempo a cinco reales
             cada uno diarios                                                 405.
             Por Idem del Tambor Juan Calderón a quien indebidamente se avo-
             nan en el ajustamiento catorce días a cinco reales constando de la
             nota de su deserción que fué el once del citado mez de donde resul-
             ta habérsele avonado con exeso tres días que a cinco reales impor-
             tan quince los mismos que son resulta líquida contra esta cuenta
             no obstante lo qual se saca al margen la misma cantidad que consta
             del ajustamiento                                                 008.6.
             Por Idem de un soldado Josef Presiado en quince días que se le abo-
             na incluso el de su deserción a cinco reales cada uno            009.3

             Por Idem de dos dichos Dionicio Rodríguez y Antonio Cézeres por
             onze días que se les avonan inclusos el de la deserción del primero
             y el en que fué licenciado el segundo al citado respecto         013.6
             Por Idem de dos dichos Francisco Carrillo y Agustín Argote por
             nueve días que se les avonan incluido el en que desertaron al expre-
             sado respecto                                                    011.2



                                               710
   706   707   708   709   710   711   712   713   714   715   716