Page 644 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
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             Por Idm. de cuatro dichos, que sirvieron ocho días de centinelas  016.
             avanzadas, en el lugar nombrado Pucasaya, quien dicho Capitán
             satisfizo al mismo respecto dicho de cuatro reales diarios a cada
             uno
             Suman                                                          202.
             los mismos doscientos dos pesos, antes relacionados            202.


             Segunda Lista, que comprende solo la noche del doce de Febrero de
             781, en la cual hicieron guardia los cuarenta y cuatro soldados de
             dicha compañía, a quienes se gratificó o satisfizo, con dos reales a
             cada uno, lo que importa once pesos, que se sacan al margen      011.



             Tercera y Cuarta Listas, que son relativas a dos noches que fueron
             las de veinte y uno y veinte y ocho de Febrero, en la cual estuvieron
             de guardia los cincuenta hombres de que se compone dicha compa-
             ñía, incluso Cabos y Sargentos, a quienes, así como a los soldados
             se satisfizo o gratificó con dos reales a cada uno, en cada una de las
             noches citadas que unido el gasto de ambas, hacen veinte y cinco
             pesos, los mismos que se sacan del margen sin mas demostración
             que lo expuesto, como anteriormente se ha practicado             025.
                                                                              238.
             Importa el gasto de dicha compañía, en sueldos pagados a los in-
             dividuos de que se compone, por el tiempo que sirvieron con las
             armas los doscientos treinta y ocho pesos que antes se relacionaron 238.


                    Doscientos treinta y tres pesos, que, en la misma conformidad, se pa-
            garon a los Oficiales y Subalternos de la Compañía del Capitán Don Vicente
            Noriega de Rivera, que se ha considerado como primera del Segundo Batallón
            del Regimiento de Infantería Miliciana de la ciudad de Arequipa, por sueldos
            que devengaron durante ocho días que sirvieron con las armas, empleados de
            guardia en el cuartel de Tambo, por orden del Corregidor de dicha ciudad, los
            cuales se cuentan desde el diez hasta el diez y ocho de Abril de 1781, como
            consta de una lista, con recibo a su continuación, del total de haberes que se
            aplican a cada uno de los individuos de dicha compañía que contiene, la cual





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