Page 643 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II

             Segunda, Tercera, y Cuarta Listas, que son comprensivas de otras
             tantas noches, que fueron las del catorce y veinte y dos de Febrero
             y primero de Marzo de 1781 en las cuales estuvo dicha compa-
             ñía de guardia con cincuenta hombres, entre Sargentos, Cabos,
             y soldados que son los que la componen fuera de los oficiales, a
             quienes se satisfizo o dió la gratificación de dos reales a cada uno
             individualmente, que, por dichas tres noches, importan treinta y
             siete pesos y cuatro reales, los mismos que constan de los recibos
             de dichos documentos, por lo cual se sacan al margen           037.4
             Suman                                                          237.2
             Importa el gasto de la expresada compañía, en sueldos pagados a
             los individuos subalternos de que consta los doscientos treinta y
             siete pesos y dos reales ya relacionados, anteriormente        237.2


                    Doscientos treinta y ocho pesos, que asímismo, importa lo pagado al
            Sub-Teniente, Sargentos y Cabos y Soldados, de la Compañía de Don Juan
            de Goyeneche su Capitán, que se titula Octava del Primer Batallón del Regi-
            miento de Infantería Miliciana de la ciudad de Arequipa, por prest o sueldos
            que vencieron durante el tiempo que sirvieron sobre las armas con motivo del
            rebelión de las provincias del Collao, como consta de cuatro listas del conte-
            nido de hombres, y plazas de dicha compañía con recibos a su continuación
            del importe de cada una, que se acompañan al número cuarenta y ocho por
            comprobantes de esta partida, cuyo por menor, con arreglo a ellas, es, a saber:


             Por el prest del Alferez de dicha compañía, (respecto de haber  004.
             hecho, el Capitán y Teniente, el mismo servicio graciosamente)
             Don Juan José Bandín, en dicho tiempo, a razón de diez y seis
             pesos mensuales de su asignación
             Por Idm. de dos Sargentos, en el mismo tiempo, a seis reales dia- 010.4
             rios cada uno
             Por Idm., de cuatro cabos, en el mismo tiempo, a cinco reales  017.4
             cada uno diarios
             Por Idm. de cuarenta y cuatro soldados, en dicho tiempo, a cua- 154.
             tro reales cada uno diarios





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