Page 639 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Tercera Lista, por la cual resulta el mismo gasto que se ha expresado 012.4
en la antecedente partida, por la guardia que repitieron igual núme-
ro de individuos en el citado Tambo de la Compañía, por lo que se
les gratificó y satisfizo en la misma conformidad que se ha expresa-
do, por lo cual se saca al margen, otra semejante cantidad
Cuarta Lista, que comprende la noche del veinte y seis de Febrero, 008.2
que treinta y trés soldados de la referida Compañía en las puertas
de dicha ciudad, y por cuya fatiga se les reguló el compensativo o
gratificación de dos reales a cada uno, en la misma conformidad que
se práctico anteriormente, en las guardias que, igualmente, hicieron
en el citado Tambo que fué de la Compañía, en cuya inteligencia,
importó el haber total de todos, ocho pesos y dos reales, que, sin más
demostración, se sacan a su respectivo margen, como se ha practica-
do en las antecedentes partidas de su naturaleza
Importa el gasto total de esta compañía en sueldos pagados a los In- 215.2
dividuos de ella, los doscientos quince pesos, y dos reales que se han
demostrado y relacionaron al principio de esta partida
Doscientos veinte y nueve pesos, y seis reales, que, asímismo, importa
el haber satisfecho a los individuos de la Compañía del Capitán Don Pedro de
Ureta, que se titula Quinta del Primer Batallón de Infantería del Regimiento
Miliciano de Arequipa, por sueldos que devengaron en el tiempo que sirvie-
ron sobre las Armas, con motivo de la sublevación promovida en las Provin-
cias inmediatas, por el infeliz traidor, Don Josep Gabriel Túpac Amaro; como
consta de los documentos que ya se han presentado, y de las Cuatro Listas que
se acompañan al número cuarenta y cinco por comprobantes de una partida,
cuyo por menor, con arreglo a dichos documentos, y con separación del im-
porte de cada uno de ellos, se demuestra a saber:
Primera Lista, que comprende siete días contados desde diez de Ene-
ro de 1781, que entraron de guardia, hasta diez y siete del mismo, en que
salieron, en cuyo tiempo devengaron ciento noventa y ocho pesos, según los
haberes que, respectivamente, se señalan en dicho documento, y, con arreglo
al cual, se demuestran a saber:
Por el prest, de Dos Sargentos, en dicho tiempo, a razón de seis 010.4
reales diarios cada uno
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