Page 529 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            distribución de su Prest; Y que por lo que respecta a los demás Gastos o pagas
            lleve la cuenta instruída y documentada en devida forma de su entrega y jus-
            tificada inverción el Contador de su renta como tengo entendido la ha llebado
            en su ausencia con atención a que deverá dicho Comisario reverlas, aprobarlas
            y presentar en el Real Tribunal de Cuentas de este Reyno; y a este fin ocurrir a
            esta Suprintendencia por los Libramientos de las cantidades que se necesiten
            sacar y de la Administración General de Rentas como se ha practicado hasta
            ahora desde mi llegada a esta Ciudad librando contra las extintas Cajas Reales
            de ella.— Areche. Tomase razón.— Una rúbrica.— Es copia fiel de su origi-
            nal.— (fdo.) Lagos.


                                               No. 5


                    Muy Señor mío: Haviendo representado al Señor Visitador Superin-
            tendente General de Real Hacienda la incompatibilidad que hay para que co-
            rran por mi los caudales necesarios para las pagas y Prest de las Tropas y otros
            gastos ha librado su Señoría la providencia que sigue. Cuzco, Julio nueve de
            mil setecientos ochenta y uno.— Debuélbase esta Consulta al Comisario de
            Guerra que la hace a fin de que solicite donde corresponda que cada cuerpo
            de tropa nombre su Abilitado en la forma acostumbrada para la distribución
            de su Prest; y que por lo que respecta a los demás gastos o pagas lleve la cuenta
            instruída y documentada en devida forma de su entrega y justificada inverción
            el Contador de su renta como tengo entendido la ha llebado en su ausencia
            con atención a que deverá dicho Comisario reverlas, aprobarlas, y presentar
            en el Real Tribunal de Cuentas de este Reyno, y a este fin ocurrirá a esta Su-
            perintendencia por los Libramientos de las cantidades que se necesiten sacar
            de la Administración General de Rentas como se ha practicado hasta ahora
            desde mi llegada a esta Ciudad librando contra las extintas Cajas Reales de
            ella.— Areche.— Tomose razón.— Una rúbrica.— En su inteligencia espero
            que Vm. proceda a su cumplimiento como corresponde. Nuestro Señor guar-
            de a Vd. muchos años. Cuzco, Julio nueve de mil setecientos ochenta y uno.
            Beso la mano de Vm. su más atento y seguro servidor.— José de Lagos.— Sr.
            Contador Dn. Cristóbal Mesia.— Es copia fiel de su original.— (fdo.) Lagos.









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