Page 531 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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a las Tropas y Piquetes que guarnesen a esta Ciudad y sus Destacamentos con
            los demás Gastos extraordinarios, ha esperimentado y experimenta el descu-
            vierto de alguna cantidad de pesos, originado de la recepción y entrega de una
            a otra parte que es inevitable en crecidas cantidades y más en la contribución
            por menor que haze a tantos Yndividuos, fuera de la moneda de Cobre y feble
            que por más que cuida no recivirlas se introduce en la demás. En esta atención
            y por no ser conforme el que sufra estas fallas, después de tanto peso que sobre
            él recae en la resepción de unas considerables cantidades y sus diarias salidas,
            Libro que lleba de Cuenta y razón y demás insidentes que continuamente de
            día y de noche, sin excepción de los de Fiesta le tienen sujeto al trabajo y sin
            sueldo alguno, agregándose que como su primer empleo es el de Field de Ter-
            zena de la Renta de Tavacos, no pudiendo asistir a el se ha visto en la precisión
            de poner un sujeto en la Terzena con la asignación de treinta pesos mensuales
            como Vm. le consta. Por todo lo qual se ha de servir Vm. asignarle el Salario
            que fuere de Justicia etc. Juan de Palacio.
                    DECRETO: Cuzco y Julio 29 de 1781.— En consideración a los justos
            motibos que representa Dn. Juan de Palacio nombrado por mí de Tesorero de
            expediciones, y a que este encargo no ha havido en la Ciudad quien lo admita
            de los que pudieron obtenerle por más diligencias que se han hecho, como les
            consta a el Señor Visitador General Superintendente de Real Hazienda y al
            Subdelegado Dn Juan Domingo Ordozgoyti, así por las resultas que ofresen
            en las continuas entradas y salidas de caudales, cuenta y razón como por lo
            difizil de hallar Contador de moneda de quien hacer confianza, su salario, y
            el de un Plumista y la incesante contracción sin poderes separar de la Ofizina
            que hace de Tesorería de día ni de noche inclusives los de fiesta, por no fal-
            tar a la puntualidad y satisfacción de los Libramientos que no tienen ora fija
            ya que haviendo admitido el cargo algún otro era indispensable a más de la
            asignación que se le consediese con respecto a la responsabilidad, pasando
            dos sueldos más, el de un escriviente, y de un Contador de Plata; por todo lo
            qual ya que me es facultatibo nombrar, y detallar los escrivientes necesarios
            para el desempeño de esta Oficina de Guerra a mi cargo con sus respectivos
            sueldos según el mérito de cada uno, señalado en calidad de por ahora a el
            enunciado Dn. Juan Palacio por el encargo de Tesorero pagador de expedicio-
            nes sinquenta pesos mensuales que le correrán desde el día dos del corriente
            que es el que tubo principio su comisión con la expresa condición de ser de su
            cuenta las fallas de los caudales que entren a su cargo sin que pueda servirle de
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